REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CENTRO NORTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, CON COMPETENCIA
EN LOS ESTADOS COJEDES Y YARACUY.
Valencia, 10 de julio de 2024
Años: 214º y 165 º
Exp. Nro. 14.558
Vista la diligencia presentada en fecha 26 de junio de 2024, suscrita por el abogado JOAB EMANUEL BAPTISTA CABRERA, titular de la cédula de identidad N° V- 10.329.237, debidamente Inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 200.331, actuando en su carácter de sustituto de la ciudadana Procuradora del ESTADO CARABOBO, Parte Demandante, con el carácter que consta en autos a fin de exponer y solicitar: “El abocamiento del ciudadano Juez a la presente causa”. Se acuerda de conformidad con lo solicitado.
En mi condición de Juez Provisorio, designado por la Comisión Judicial en reunión de fecha tres (03) de abril del 2024 y con juramento ante la Presidente del Tribunal Supremo de Justicia el cinco (05) de abril del 2024, me aboco al conocimiento de la presente causa.
Por tal motivo, se le informa que la causa reanudará su curso legal una vez hayan transcurridos los diez (10) días de despacho a que se refiere el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, más tres (03) días que se le conceden como termino de la distancia, vencido dicho lapso, comenzarán a correr los cinco (05) días de despacho para que las partes ejerzan su derecho a la recusación prevista en el artículo 48 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, los cuales comenzaran a computarse una vez que conste en autos las ultimas de las notificaciones practicadas.
El Juez Superior,


Dr. CARLOS ALBERTO BONILLA ALVAREZ
La Secretaria,


Abg. LIBNY PAOLA BALLESTEROS PARRA

Exp. Nº 14.558. En la misma fecha se libró boletas de notificaciones.

La Secretaria,
Abg. LIBNY PAOLA BALLESTEROS PARRA
CABA/LPBP/BI.-