REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CENTRO NORTE
JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO CON COMPETENCIA
EN LOS ESTADOS COJEDES Y YARACUY
Valencia, 18 de julio de 2024
Años: 214º y 165º
Exp. N° 15.800
Vista la diligencia presentada en fecha veinte (20) de junio de 2024, por el abogado ALVARO EMILIO MACHADO CASANOVA, titular de la cédula de identidad N° V- 24.974.721, debidamente Inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 295.681, actuando en este acto en su condición de apoderado judicial del ESTADO CARABOBO, parte querellada, con el carácter que consta en autos a fin de exponer y solicitar: “El abocamiento del ciudadano Juez en la presente causa”. Se acuerda de conformidad con lo solicitado.
En mi condición de Juez Provisorio, designado por la Comisión Judicial en reunión de fecha tres (03) de abril del 2024 y con juramento ante la Presidente del Tribunal Supremo de Justicia el cinco (05) de abril del 2024, me aboco al conocimiento de la presente causa.
Por tal motivo, se informa a las partes que la causa reanudará su curso legal una vez hayan transcurridos los diez (10) días de despacho a que se refiere el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, vencido dicho lapso comenzarán a correr los cinco (05) días de Despacho para que las partes ejerzan su derecho a la recusación prevista en el artículo 48 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, los cuales comenzaran a computarse una vez que conste en autos las ultimas de las notificaciones practicadas.
El Juez Superior,
Dr. CARLOS ALBERTO BONILLA ALVAREZ
La Secretaria,
Abg. LIBNY PAOLA BALLESTEROS PARRA
Exp. Nº 15.800. En la misma fecha se libró boleta de notificación y Oficios Nro. 0573 y 0574.
La Secretaria,
Abg. LIBNY PAOLA BALLESTEROS PARRA
CABA/LPBP/BI.-