REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BEJUMA, MONTALBÁN Y MIRANDA.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAD DE LOS MUNICIPIOS BEJUMA, MONTALBAN Y MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.-
Montalbán, 05 de Junio del año 2024
Años: 214° y 165°

SOLICITANTE: Abog. GENESIS MARIA LEON BORDONES, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 275.335, actuando en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana MARIA BACILISA MUJICA, titular de la cédula de Identidad Nº V-12.603.576.
MOTIVO: DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.
SENTENCIA: AUTONOMA RESUELTA.
EXPEDIENTE: Nro. 19-24.
En relación a la solicitud de DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentada por ante el Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bejuma, Montalbán y Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en funciones de distribuidor, por la Abogada: GENESIS MARIA LEON BORDONES, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-23.412.336, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 275.335, actuando en su carácter de Apoderada Judicial de la ciudadana MARIA BACILISA MUJICA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-12.603.576, según consta en Poder Nº 53, Tomo 3, folios desde el 179 hasta el 181, de fecha: 16-04-2024, autenticado por ante la Notaria Pública del Municipio Bejuma del Estado Carabobo; y de este domicilio, la poderdante, antes mencionada, en su condición de madre, del De Cujus FLORENCIO JOSE MUJICA, quien falleció ab-intestato, el día Diecinueve (19) de Junio del año 2023, correspondiéndole conocer a este Tribunal de la presente causa, según sorteo de Distribución realizado en fecha 22-05-2024.
Dicha solicitud se recibió en este Tribunal en fecha 23 de Mayo de 2024.
En fecha 28 de Mayo de 2024, se le dió entrada a la presente solicitud, quedando anotada bajo el N° 19-24.
En fecha 30 de Mayo de 2024, fue admitida cuanto ha lugar en derecho y se fijó el segundo (2do) día de despacho siguiente a esta fecha (30-05-2024), para que la parte interesada presentara a los testigos que promovería en la presente solicitud.
En fecha 04-06-2024, se evacuaron las declaraciones de los testigos ciudadanos, JOSE DE LOS SANTOS CAMPOS MENDOZA y MIGUEL ANGEL GONZALEZ, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-7.054.857 y V-13.331.169, respectivamente.
Una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la presente solicitud en referencia y evacuadas por ante este mismo Tribunal a los testigos promovidos por la mencionada solicitante, dejando a salvo los derechos de terceros. Conforme a lo tenor del artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en efecto, Este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela de los ciudadanos y ciudadanas que lo integran y por Autoridad de la Ley; RESUELVE: declarar “ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA” a la ciudadana MARIA BACILISA MUJICA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-12.603.576, en su condición de madre del De Cujus FLORENCIO JOSE MUJICA, y ASÍ SE DECIDE. Devuélvase las actuaciones a la solicitante.
Publíquese, regístrese y déjese copia.

Dada, firmada y sellada en la Sala de este Despacho del TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BEJUMA, MONTALBAN Y MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, en Montalbán a los Cinco (05) días del Mes de Junio del año Dos Mil Veinticuatro (2024). Años: 214° de la Independencia y 165° de la Federación.
EL JUEZ PROVISORIO,

Abog. OSCAR JESUS NAVAS NAVAS.
EL SECRETARIO ACCIDENTAL

Abog. JULIO CESAR LEDEZMA SANCHEZ.
En la misma fecha siendo las 10:45 de la mañana, se publicó, se registro, se dejo copia de la anterior decisión y se devolvió a la parte interesada constante de diecinueve (19) folios útiles.
EL SECRETARIO ACCIDENTAL

Abog. JULIO CESAR LEDEZMA SANCHEZ.
Sol. 19-24¬¬¬.
OJNN/Jl/ig.-. ¬¬¬¬¬¬