REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SÉPTIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, 03 de Junio de dos mil veinticuatro
213º y 165º

ASUNTO: NUMERO MANUAL 783-2024

SOLICITANTES: RICARDO LUIS RICHARD RODRIGUEZ Y ALEXANDER ALFREDO REYES DOMINGUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nro. V- 11.180.264 y V- 6.307.146, procediendo en este acto, el primero como Presidente Ejecutivo y el Segundo como Director Suplente de la Sociedad Mercantil INDUSTRIAS UNICON, C.A, originalmente inscrita como CONDUVEN, ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal (hoy capital) y Estado Miranda en fecha 06 de febrero de 1959, anotada bajo el número 36, tomo 4-A, posteriormente se fusiona con Unión Industrial Venezolana, S.A (Univensa), Sociedad Mercantil, inscrita por ante el Registro de Comercio que llevo el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, el 06 de Octubre de 2006, bajo el Nro. 56, tomo 55-A, y en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, el 17 de Octubre de 2006, bajo el Nro. 43, tomo 171-A, modificados sus estatutos sociales en varias oportunidades, siendo la última de ellas, inscrita en el Registro Mercantil Primero del Distrito Capital, el 20 de Octubre de 2023, bajo el Nro. 12, tomo 923-A e inscrito en el Registro Único de Información Fiscal (RIF) bajo el Nro. J-00007702-9.
ABOGADA
ASISTENTE: LISETH COROMOTO GIMENEZ MARQUEZ, inscrita en el IPSA bajo el Nro. 108.619, de este domicilio.
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO.


Vista la solicitud presentada por los ciudadanos RICARDO LUIS RICHARD RODRIGUEZ Y ALEXANDER ALFREDO REYES DOMINGUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nro. V- 11.180.264 y V- 6.307.146, procediendo en este acto, el primero como Presidente Ejecutivo y el Segundo como Director Suplente de la Sociedad Mercantil INDUSTRIAS UNICON, C.A, originalmente inscrita como CONDUVEN, ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal (hoy capital) y Estado Miranda en fecha 06 de febrero de 1959, anotada bajo el número 36, tomo 4-A, posteriormente se fusiona con Unión Industrial Venezolana, S.A (Univensa), Sociedad Mercantil, inscrita por ante el Registro de Comercio que llevo el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, el 06 de Octubre de 2006, bajo el Nro. 56, tomo 55-A, y en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, el 17 de Octubre de 2006, bajo el Nro. 43, tomo 171-A, modificados sus estatutos sociales en varias oportunidades, siendo la última de ellas, inscrita en el Registro Mercantil Primero del Distrito Capital, el 20 de Octubre de 2023, bajo el Nro. 12, tomo 923-A e inscrito en el Registro Único de Información Fiscal (RIF) bajo el Nro. J-00007702-9, asistidos por la abogada en ejercicio LISETH COROMOTO GIMENEZ MARQUEZ, inscrita en el IPSA bajo el Nro. 108.619, manifiesta se le conceda TITULO SUPLETORIO DE POSESION Y DOMINIO, sobre unas bienhechurías que construyó con dinero de su propio peculio y a sus propias expensas, edificadas sobre un lote de terreno PROPIO, según consta en documento de propiedad debidamente protocolizado ante el Registro Público del Primer Circuito del Municipio Iribarren del Estado Lara, el 30 de Enero de 1974, anotado bajo el Nro. 09, folios 31 al 35 vto, Protocolo Primero, tomo 12, ubicado en la carrera 3, con la calle 33 (Avenida Ferrocarril) de la Zona Industrial de la ciudad de Barquisimeto, Jurisdicción de la Parroquia Unión, Municipio Iribarren del Estado Lara, según consta en la solicitud que encabeza las presentes actuaciones. Este Tribunal observa.
UNICO:
Tomando en consideración las declaraciones de los testigos, los ciudadanos EGDUAR PASTOR TORRES Y WILLIAMS EDUARDO VEGAS YEPEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas Nros. V- 12.852.487 y V- 14.404.145, respectivamente, ambos de este domicilio, quienes son contestes entre sí en reafirmar que los hechos narrados en la solicitud son ciertos, se aprecian sus testimoniales de conformidad con lo establecido en el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 ejusdem y DEJANDO A SALVO LOS DERECHOS QUE TERCERAS PERSONAS PUEDAN TENER, APRUEBA la mencionada justificación y declara TITULO SUPLETORIO DE POSESION Y DOMINIO, a favor de la Sociedad Mercantil INDUSTRIAS UNICON, C.A, originalmente inscrita como CONDUVEN, antes identificada, sobre las bienhechurías que se determinan suficientemente en petición presentada al inicio de este expediente. Publíquese y regístrese e incluso en la página Web del Tribunal Supremo de Justicia www.lara.scc.org.ve y déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 y 251 del Código de Procedimiento Civil.
Devuélvase las actuaciones a la parte interesada, dese por terminado de forma sistemática y tómese nota en el Libro Diario llevado en el Tribunal. Cúmplase.
La Juez Temporal,

Abg. Adriana Carolina Avancin.

La Secretaria

Abg. SlayneAular




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