REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Valencia, 21 de junio de 2024
214º y 165º
EXPEDIENTE: 56.952
DEMANDANTE: DISTRIBUIDORA SUMISERV, C.A.
DEMANDADO:
MOTIVO PROAGRO, C.A.
COBRO DE BOLIVARES
RESOLUCIÓN INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA
I
Se sustancia en el presente expediente, demanda por COBRO DE BOLIVARES interpuesta por DISTRIBUIDORA SUMISERV,C.A. contra PROAGRO, C.A.
Mediante auto de fecha 13 de mayo de 2024 el Tribunal dcto auto saneador instando al demandante a que en el plazo de 5 dias de despacho cumpliera con las formalidades exigidas por el articulo 340 ordinales 2 y 4. De las actas procesales se evidencia que desde esa fecha, transcurrieron más de cinco días des despacho, sin que la parte demandante realizara alguna actuación relativa a impulsar el procedimiento. La Jueza Provisoria por cuanto ha transcurrido tanto tiempo en este expediente sin actuación de las partes, procede de oficio a pronunciarse sobre el estado del mismo, en los términos siguientes:
II
Es menester revisar los aspectos relativos a la perención anual, y si el demandante cumplió expresamente las obligaciones o cargas procesales de impulso del proceso. Revisadas las actuaciones cursantes en autos se constata que luego del auto de fecha 13 de mayo de 2024, no cumplió la demandante con su obligación de impulsar el proceso.
III
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara consumado el DECAIMIENTO DE LA ACCION, y se da por terminado el expediente.
No hay condenatoria en costas de conformidad con lo establecido en el Artículo 283 ibídem.
Regístrese, publíquese, anótese en los libros respectivos y déjese copia digitalizada en formato PDF. Dada, sellada y firmada en la Sala de despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en Valencia, a los veintiun (21) días del mes de junio de 2024. Años 214º de la Independencia y 165º de la Federación.
Lucilda Ollarves
Jueza Provisoria
Carolina Contreras
Secretaria Titular
En la misma fecha se cumplió lo ordenado, siendo las 11.56 minutos de la mañana.
Carolina Contreras
Secretaria Titular
Exp. 56.952
LO/cc
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