REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CENTRO NORTE
EL JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO CON COMPETENCIA EN LOS ESTADOS COJEDES Y YARACUY.-
Valencia, 17 de junio de 2024
Años: 214° y 165°
Expediente Nro. 16.928
En fecha quince (15) de enero de 2024, comparecieron ante este Juzgado Superior el ciudadano EDGAR DAVID PAREDES RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V.- 23.413.427, debidamente asistido en este acto por la abogada en ejercicio MARYURI COROMOTO ROMERO CHACON, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 76.725, Defensora Pública Provisoria Primera (1°) con competencia en materia Contencioso Administrativa del estado Carabobo, quienes interpusieron una Querella Funcionarial contra el CONSEJO DISCIPLINARIO DEL ESTADO CARABOBO.
En fecha dieciocho (18) de enero de 2024, se le dio entrada y se anotó en los libros respectivos.
En fecha veinticinco (25) de enero de 2024, este Juzgado Superior dicto auto mediante el cual admitió la Querella Funcionarial y ordeno citar al DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO AUTÓNOMO DEL CUERPO DE POLICIA MUNICIPAL DE VALENCIA y notificar a los ciudadanos SINDICO PROCURADOR MUNICIPAL DEL MUNICIPIO VALENCIA DEL ESTADO CARABOBO, ALCALDE DEL MUNCIPIO VALENCIA DEL ESTADO CARABOBO, PRESIDENTE DEL CONSEJO DISCIPLINARIO DEL ESTADO CARABOBO, MINISTRO DELPODER POPULAR PARA LAS RELACIONES INTERIORES, JUSTICIA Y PAZ y al VICEMINISTRO DEL SISTEMA INTEGRADO DE POLICIA.
En fecha catorce (14) de marzo de 2024, compareció el ciudadano CARLOS LUIS MARQUEZ, Alguacil de este Juzgado Superior a los fines de consignar boletas de notificación debidamente firmadas y selladas de los oficios Nros. 0057, 0058, 0059 y 0060.
En fecha veintiuno (21) de marzo de 2024, compareció el ciudadano CARLOS LUIS MARQUEZ, Alguacil de este Juzgado Superior a los fines de consignar boletas de notificación debidamente firmadas y selladas de los oficios Nros. 0061 y 0062.
En fecha dieciséis (16) de abril de 2024, comparecieron las abogadas YAILYN A. VELIZ P. y EMELY Y. PARRA M, debidamente inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 208.743 y 210.207, a los fines de consignar escrito de contestación a la presente Querella Funcionarial.
En fecha dos (02) de mayo de 2024, compareció el ciudadano EDGAR DAVID PAREDES RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V.- 23.413.427, debidamente asistido en este acto por el abogado EDULFO JOSE BERNAL CASTRO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 66.424, Defensor Publico Provisorio Segundo (2°) con competencia en materia Contencioso Administrativa del estado Carabobo, a los fines de solicitar el abocamiento del nuevo Juez en la presente causa.
Por auto de fecha siete (07) de mayo de 2024, el Juez CARLOS ALBERTO BONILLA ALVAREZ, se abocó al conocimiento de la causa.
Ahora bien, por lo up supra narrado, y en aras de garantizar el debido proceso, la tutela judicial efectiva y la igualdad entre las partes, vencido, como se encuentra el lapso para la contestación, procede este Juzgado Superior a fijar el acto de Audiencia Preliminar, para el quinto (5º) día de despacho, a las 12:00 del medio día, tal y como lo establece nuestra legislación en el artículo 103 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, el cual señala: “vencido el lapso de quince días de despacho para la contestación, haya tenido o no lugar la misma, el tribunal fijara en uno de los cinco días de despacho siguientes, la hora para que tenga lugar la audiencia preliminar”, Entendiéndose que la emisión del presente auto se realiza en el cuarto (4º) día de despacho al que hace mención nuestro legislador.
EL JUEZ SUPERIOR,
DR. CARLOS ALBERTO BONILLA ÁLVAREZ.
LA SECRETARIA,
ABG. LIBNY P. BALLESTEROS P.
CABA/LPBP/VM