REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CENTRO NORTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
EL JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
CON COMPETENCIA EN LOS ESTADO COJEDES Y YARACUY
PALACIO DE JUSTICIA, SEDE VALENCIA, ESTADO CARABOBO.
Valencia, 19 de junio de 2024.
Años: 214º y 165º
Expediente Nº16.903.
Ahora bien de la revisión de las actas procesales que conforman la presente causa se observa que:
En fecha 10 de agosto del 2023 se recibió la demanda de contenido patrimonial interpuesta.
Posteriormente el día 19 de octubre de 2023, se admitió la demanda de contenido patrimonial interpuesta por la abogada ANGÉLICA ALFONSINA ALFONZO PERALTA, venezolana, mayor de edad, inscrita en el Instituto de previsión social del abogado bajo el Nro. 300.092, actuando en éste acto en su condición de apoderado judicial del Municipio San Diego del Estado Carabobo, según consta en poder autenticado en la Notaria Publica del Municipio San Diego del estado Carabobo, en fecha diecisiete (17) de junio de 2019, anotado bajo el N° 29, Tomo 45, folios 87 hasta 93. Contra la ciudadana ROSSANA CAZORLA CABALLERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.825.681, y se ordenó notificar bajo los oficios Nro. 0651 y 0658.
En fecha 01 de noviembre de 2023, compareció el abogado MANUEL MENDES, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 283.240, a los fines de dejar constancia de la consignación de los emolumentos para la práctica de las notificaciones.
En fecha 20 de noviembre de 2023, compareció el ciudadano CARLOS LUIS MÁRQUEZ, Alguacil de este Juzgado Superior Estadal, y consigno boletas de notificación debidamente firmada y sellada, dirigida al ciudadano CONTRALOR MUNICIPAL DEL MUNICIPIO SAN DIEGO DEL ESTADO CARABOBO y SINDICO PROCURADOR MUNICIPAL DEL MUNICIPIO SAN DIEGO DEL ESTADO CARABOBO.
En fecha 05 de diciembre de 2023, compareció el abogado MANUEL MENDES, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 283.240, a los fines de consignar Expediente Administrativo solicitado por este Tribunal, constante de ciento doce (112) folios útiles.
En fecha 29 de enero de 2024, compareció el ciudadano CARLOS LUIS MÁRQUEZ, Alguacil de este Juzgado Superior Estadal, a los fines de dejar constancia que el día viernes 26 de enero del presente año, hizo entrega de la notificación a la ciudadana ROSSANA CAZORLA CABALLERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.825.681.
En fecha 19 de febrero de 2024, mediante revisión de auto de admisión de fecha 19 de octubre de 2023, en el cual se fijó la celebración de la audiencia preliminar, a los diez (10) días de despacho siguientes a la última notificación de las partes, y practicada como ha sido la última notificación en fecha 29 de enero de 2024, se dejo constancia que tendrá lugar a las 11:30 de la mañana.
En fecha 20 de febrero de 2024, tuvo lugar la audiencia preliminar, donde se dejó constancia de la comparecencia de los abogados de la parte demandante, MANUEL ANTONIO MENDES NAVAS Y ANGELICA ALFONSINA ALFONZO PERALTA, inscritos en el Instituto de Previsión social del abogado bajo los Nros. 283.240 y 300.092, asimismo se dejó constancia de la no comparecencia de la parte demandada.
En la misma fecha 20 de febrero de 2024, compareció el abogado MANUEL MENDES NAVAS, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 283.240, apoderado judicial del MUNICIPIO SAN DIEGO DEL ESTADO CARABOBO y consignó escrito de Promoción de Pruebas.
Por auto de fecha dos (02) de abril de 2024, éste Tribunal Superior admitió las pruebas de informe promovidas por la parte demandante, y se ordenó oficiar al Director de la Dirección de Informática de la Alcaldía del Municipio San Diego, la información requerida en dicho auto.
En fecha 15 de abril de 2024, compareció ante éste Tribunal el abogado MANUEL MENDES NAVAS, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 283.240, apoderado judicial del MUNICIPIO SAN DIEGO DEL ESTADO CARABOBO, y solicitó el abocamiento del nuevo Juez en la causa.
Por auto de fecha 22 de abril de 2024, el Juez CARLOS ALBERTO BONILLA ÁLVAREZ, se abocó al conocimiento de la causa.
Por auto de fecha 16 de mayo de 2024, éste Juzgador procedió actualizar el oficio de notificación ordenada en el auto de admisión, dirigida al ciudadano DIRECTOR DE LA DIRECCIÓN DE INFORMÁTICA DE LA ALCALDÍA DEL MUNICIPIO SAN DIEGO, DEL ESTADO CARABOBO.
En fecha 05 de junio de 2024, compareció el ciudadano CARLOS LUIS MÁRQUEZ, Alguacil de este Juzgado Superior Estadal, y consignó boleta de notificación debidamente firmada y sellada, dirigida al ciudadano DIRECTOR DE LA DIRECCIÓN DE INFORMÁTICA DE LA ALCALDÍA DEL MUNICIPIO SAN DIEGO, DEL ESTADO CARABOBO.
En fecha doce (12) de junio, se recibió oficio AMSD-OFI-DINF 2024-000137, proveniente de la Directora de Informática de la Alcaldía de San Diego ciudadana DALILA WEFFER, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-12.427.330, a los fines de responder al requerimiento formulado en el presente expediente N° 16.903, en el Capítulo II de las Pruebas.
Mediante auto de fecha trece (13) de junio de 2024, este Juzgado dejo constancia que se agregó al expediente el referido oficio constante de cuatro (04) folios.
Ahora bien, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, en cuanto al procedimiento para la tramitación de las demandas de contenido patrimonial, el cual establece en el artículo 63:
“Artículo 63: Finalizado el lapso de pruebas, dentro de cinco días de despacho siguientes, se fijará la oportunidad para la celebración de la audiencia conclusiva. En los tribunales colegiados se designará ponente en esta oportunidad.
En la audiencia conclusiva, las partes expondrán oralmente sus conclusiones, las cuales podrán consignar por escrito.
Al comenzar la audiencia, el Juez o Jueza indicará a las partes el tiempo para exponer sus conclusiones, réplica y contrarréplica.”
En consecuencia se fijá la celebración de la audiencia conclusiva para el cuarto (4°) día de despacho siguiente a la emisión del presente auto, a las 10:30 a.m.
El Juez Superior,
DR. CARLOS ALBERTO BONILLA ÁLVAREZ
La Secretaria,
ABG. LIBNY P. BALLESTEROS P.
CABA/LPBP/VM