REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara
Barquisimeto, 30 de mayo dos mil Veinticuatro
Años: 214° y 165°
ASUNTO MANUAL-S-2024-000293
Vista la anterior solicitud de TÍTULO SUPLETORIO, presentada por la ciudadana: MAIRA ELENA PAEZ CHACON, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V- 17.380.368, asistida en este acto, por el abogado: MARCIAL ATACHO PERAZA, inscrita en el I.P.S.A, bajo el N° 158.850, evacuados los testigos por ante este Juzgado, este tribunal considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor de la solicitante la propiedad de las bienhechurías ubicadas en: Chirgua Sector 3 y 4 Av Monagas con calles Ñas Flores Barquisimeto, Parroquia Santa Rosa, Municipio Iribarren del estado Lara. las cuales construyó con dinero de su propio peculio, sobre un TERRENO EJIDO, cuyas, medidas, características y linderos, consta en la solicitud que encabeza éstas actuaciones. En consecuencia, este tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor de la solicitante ciudadana: MAIRA ELENA PAEZ CHACON, anteriormente identificada, de conformidad con lo establecido en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil; QUEDANDO A SALVO EN TODO CASO LOS DERECHOS DE TERCEROS.-
Publíquese y regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia http://www.lara.scc.org.ve.
La Jueza,
Abg. Mariani Selena Linares Peraza
La Secretaria,
Abg. María Isabel Godoy Viloria
MSLP/ Migv/San.-