REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, 30 de MAYO de dos mil veinticuatro
Años: 214° y 165°
ASUNTO: MANUAL-S-2024-000549
Vista la anterior solicitud de TÍTULO SUPLETORIO presentada por el ciudadano: HUMBERTO ANTONIO SILVA BORGES, venezolano, Divorciado, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 3.859.348, de este domicilio, asistido en este acto, por la Abogada en Ejercicio: CARMEN MELENDEZ, inscrita en el I.P.S.A, bajo el N° 234.357, evacuados los testigos por ante este Juzgado, este tribunal considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor del solicitante la propiedad de las bienhechurías ubicadas en la carrera 3 entre calles 1 y 2, casa N° 1-67, Barrio Unión, Parroquia Unión, Municipio Iribarren del Estado Lara, las cuales construyó con dinero de su propio peculio, sobre un TERRENO PROPIO, según consta en documento inscrito por ante el Registro Público del Segundo Circuito del Municipio Iribarren del estado Lara, de fecha 29-12-2006, bajo el N° 31, Tomo 54, Protocolo Primero, Código catastral 1303044030004008, cuyas medidas, características y linderos, consta en la solicitud que encabeza éstas actuaciones. En consecuencia, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor del ciudadano HUMBERTO ANTONIO SILVA BORGES,anteriormente identificado, de conformidad con lo establecido en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil.-
Publíquese y regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia http://www.lara.scc.org.ve.
La Jueza,
Abg. Mariani Selena Linares Peraza.
La Secretaria,
Abg. María Isabel Godoy Viloria
MSLP/mgodoy /yo