REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS AGUA BLANCA Y SAN RAFAEL DE ONOTO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA.
Agua Blanca, 16 de Mayo del Año 2024
214° y 165°
EXPEDIENTE Nº: S-1150-2024
Vista la anterior solicitud, mediante la cual los ciudadanos: INAIN COROMOTO ESPINOZA SEGOVIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.860.782 y PABLO ENRIQUE OSORIO YEPEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 16.293.231, ambos domiciliados en el sector “Simón Bolívar”, del Municipio Agua Blanca, Estado Portuguesa. Debidamente asistidos en este acto por la Abogada en ejercicio: MISTICA MARITZA LUGO CERRADA, venezolana, mayor de edad, inscrita en el I.P.S.A, bajo el número: 257.418, teléfono 0414-5046388, correo electrónico maritzalugo281065@gmail.com.. Solicitan que la anterior diligencia sea declarada bastante para asegurar el derecho a la propiedad que alegan, sobre las bienhechurías a que se refiere. Y por cuanto de las declaraciones rendidas por las ciudadanas: ARELY CAROLINA CASTILLO COLMENAREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-17.364.648 y YUNEICY CHIQUINQUIRÁ ARTEAGA RIVERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.175.940, mantienen concordancia, se constata que los ciudadanos: INAIN COROMOTO ESPINOZA SEGOVIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.860.782 y PABLO ENRIQUE OSORIO YEPEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 16.293.231, han construido unas bienhechurías en terreno Ejido Municipal que han venido ocupando desde hace mas de nueve (09) años y que mide DIECISÉIS METROS CON VEINTE CENTÍMETROS (16.20MTRS) de frente por DIECINUEVE METROS CON CUARENTA CENTÍMETROS (19.40MTRS) de fondo para un total de DOSCIENTOS SESENTA Y SIETE METROS CON SETENTA Y DOS CENTÍMETROS (267,72M²), alinderados así: NORTE: buco comunero, SUR: calle Nº 5, ESTE: casa que es o fue de Yunelcy Arteaga y OESTE: casa que es o fue de Antoni Zambrano. Las bienhechurias constante de una casa construida con paredes de bloques, un porche con piso de cerámica, techo de platabanda, el resto de acerolit, dos (02) habitaciones con su respectiva puertas de madera, piso de cemento, con sus ventanas panorámicas cada una y sus protectores, una (01) sala con su ventana panorámica, una (01) cocina-comedor con piso de cerámica y un (01) baño dentro de la casa con su respectiva puerta de hierro y piso de cemento, con una ventana pequeña con su protector, la casa no esta cercada, se encuentra ubicada en el sector Simón Bolívar, del Municipio Agua Blanca Estado Portuguesa. Igualmente indicaron haber gastado la cantidad de: UN MILLÓN DE BOLÍVARES (Bs. 1.000.000,00) en materiales y mano de obra sin incluir el terreno, de sus solas expensas y con dinero de su propio peculio. En torno a ello y por cuanto no ha habido oposición de terceros, este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y en virtud de lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, así como a tenor de lo establecido en el articulo 3, de la resolución Nº 2009-006, emanada del TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA, de fecha 18 de marzo del 2009, publicada en gaceta oficial Nº 39:152, de fecha 02 de abril del 2009. Declara estas diligencias bastantes para asegurar el Derecho de Propiedad que sobre las señaladas bienhechurías alegaron los solicitantes. QUEDAN A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS, por la Naturaleza Jurídica de esta solicitud reprodúzcase esta decisión fotostaticamente, y entréguese estas diligencias a la solicitante. En el JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS AGUA BLANCA Y SAN RAFAEL DE ONOTO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA. A los Dieciséis (16) días del mes de Mayo del Año Dos Mil Veinticuatro (2024), a los 214° de la Independencia y 165° de la Federación.
LA JUEZA PROVISORIA
ABG. ANELIN LISSETT ALVARADO HERRERA
LA SECRETARIA
ABG. KATTRYN MORILLO
En el mismo día de hoy, siendo las 11: 30 AM, se cumplió con lo ordenado.
Conste.-
La Secretaria
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