REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO NACIONAL PRIMERO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CAPITAL


CARACAS, ( ) DE DEL 2024
214º y 165º
EXPEDIENTE N° AP42-R-2009-001251
En fecha 1º de octubre de 2009, se recibió en la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.) de las Cortes Primera y Segunda de lo Contencioso Administrativo (hoy Juzgados Nacionales Primero y Segundo Contencioso Administrativo de la Región Capital), oficio Nº 1094, de fecha 28 de septiembre de 2009, proveniente del hoy Juzgado Superior Estadal Primero Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, mediante el cual remitió copia certificadas del expediente Nº 7724 (nomenclatura de ese Juzgado), contentivo el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por el Abogado Miguel Eduardo Romero (INPREABOGADO Nº 110.620), actuando con el carácter de Apoderado Judicial del ciudadano JOSÉ MANUEL CÁRDENAS SAYAGO, titular de la cédula de identidad Nº V- 7.951.992, contra el acto administrativo signado con el Nº DGIAPEM/N 318-2006 de fecha 6 de octubre de 2006, suscrito por el Director Presidente del INSTITUTO AUTÓNOMO DE POLICÍA DEL ESTADO MIRANDA (IAPEM).

Dicha remisión, se efectuó en virtud de haber sido oído en ambos efectos en fecha 28 de septiembre de 2009, el recurso de apelación interpuesto en fecha 21 de julio de 2009, por la Abogada Sonia de Lucas (INPREABOGADO Nº 40.445), actuando con el carácter de Apoderada Judicial del Instituto Autónomo de Policía del estado Bolivariano de Miranda, contra la sentencia dictada en fecha 20 de abril de 2009, que declaró Parcialmente Con Lugar la querella interpuesta.

En fecha 13 de octubre de 2009, la Abogada Sonia de Lucas, actuando con el carácter de Apoderada Judicial del Instituto Autónomo de Policía del estado Bolivariano de Miranda consignó escrito de fundamentación de la apelación.

En fecha 15 de julio de 2010, la extinta Corte Primera declaró la presente causa en estado de sentencia y ordenó pasar el expediente al Juez Ponente, a los fines legales correspondiente.

En virtud de la incorporación a este Órgano Jurisdiccional del Juez ASTROBERTO HERMOGENES LÓPEZ LORETO, y por cuanto en fecha treinta y uno (31) de mayo de dos mil veintitrés (2023), fue elegida la nueva Junta Directiva, quedando reconstituida de la siguiente manera: EUGENIO JOSÉ HERRERA PALENCIA, Juez Presidente (E); ASTROBERTO HERMOGENES LÓPEZ LORETO, Juez Vicepresidente (E) y SILVIA JULIA VICTORIA ESPINOZA SALAZAR, Jueza; este Juzgado se abocó al conocimiento de la presente causa. En esa misma fecha, se reasignó la ponencia a la Jueza SILVIA JULIA VICTORIA ESPINOZA SALAZAR.

Realizada la revisión de las actas procesales que conforman el presente expediente, este Juzgado pasa a dictar sentencia, previas las siguientes consideraciones:
-ÚNICO-

Observa este Órgano Jurisdiccional que la presente causa versa sobre el recurso de apelación interpuesto por la ciudadana Sonia de Luca, antes identificada, contra la sentencia dictada por el mencionado Juzgado Superior, en fecha 20 de abril de 2009, mediante la cual declaró Parcialmente Con Lugar el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto.



En este mismo sentido, esta Instancia observa que visto el tiempo transcurrido y encontrándose la causa en estado de sentencia acuerda dictar AUTO PARA MEJOR PROVEER a los fines de solicitar al INSTITUTO AUTÓNOMO DE POLICÍA DEL ESTADO MIRANDA (IAPEM), remita a este Juzgado en el lapso de diez (10) días de despacho contado a partir de la notificación del presente auto, cualquier documentación (Manual Descriptivo de Cargos M.D.C y Registro de Identificación de Cargos R.I.C.) que evidencie fehacientemente las funciones ejercidas por el ciudadano José Manuel Cárdenas Sayago, titular de la cédula de identidad Nº 7.951.992, quien se desempeñaba en el cargo de Comisario adscrito al Instituto Autónomo de la Policía del estado Miranda.

De ahí que, en aras de dar cumplimiento a la tutela judicial efectiva prevista en el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y con la finalidad de que este Juzgado Nacional Primero Contencioso Administrativo ejerza su labor jurisdiccional en la presente causa, ORDENA solicitar al INSTITUTO AUTÓNOMO DE POLICÍA DEL ESTADO MIRANDA (IAPEM), remita a este Juzgado en el lapso de diez (10) días de despacho contado a partir de la notificación del presente auto, cualquier documentación (Manual Descriptivo de Cargos M.D.C y Registro de Identificación de Cargos R.I.C.) que evidencie fehacientemente las funciones ejercidas por el ciudadano José Manuel Cárdenas Sayago, titular de la cédula de identidad Nº 7.951.992, quien se desempeñaba en el cargo de Comisario adscrito al Instituto Autónomo de la Policía del estado Miranda. Así se decide.

Publíquese, regístrese y líbrese el oficio correspondiente. Déjese copia de la presente decisión. Cúmplase lo ordenado.

Dada, firmada y sellada en la Sala de Sesiones del Juzgado Nacional Primero Contencioso Administrativo de la Región Capital, en Caracas, a los _________________ ( ) días del mes de _________________ del año dos mil veinticuatro (2024). Años 214º de la Independencia y 165º de la Federación.
El Juez Presidente (E),

EUGENIO HERRERA PALENCIA
El Juez Vicepresidente (E),

ASTROBERTO HERMOGENES LÓPEZ LORETO

La Jueza,

SILVIA JULIA VICTORIA ESPINOZA SALAZAR
Ponente

La Secretaria,

MALÚ DEL PINO


Exp. N° AP42-R-2009-001251
SJVES/


En fecha__________________ ( ) de _________________de dos mil veinticuatro (2024), siendo la(s) _______________ de la _______________, se publicó y registró la anterior decisión bajo el N° ______________.

La Secretaria.