REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO NACIONAL PRIMERO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CAPITAL
CARACAS, ( ) DE DEL 2024
214º y 165º
EXPEDIENTE N° AP42-R-2011-000137
En fecha 07 de febrero de 2011, se recibió en la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.) de las Cortes Primera y Segunda de lo Contencioso Administrativo, el oficio N° 11-0019, de fecha 18 de enero de 2011, proveniente del entonces Juzgado Superior Tercero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, anexo al cual remitió el expediente contentivo del recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por el ciudadano EDGAR JOSÉ COLMENARES FALCÓN, titular de la cédula de identidad V- Nº 4.850.243, debidamente asistido por la abogado Paola Hernández, (INPREABOGADO Nº 118.171), contra LA DIVISIÓN DE RECURSOS HUMANOS DE LA SUPERINTENDENCIA MUNICIPAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA (SUMAT), adscrita a la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO BOLIVARIANO LIBERTADOR DEL DISTRITO CAPITAL.
Dicha remisión se efectuó, en virtud de haberse oído en ambos efectos en fecha 10 de diciembre de 2010, los recursos de apelación interpuestos en fechas 11 de agosto de 2010 y 16 de septiembre de 2010, por la Abogada María Gabriela Gaivis (INPREABOGADO Nº 126.947), actuando con el carácter de Apoderada Judicial del ciudadano Edgar José Colmenares Falcón, y la Abogada Marlys Orfila (INPREABOGADO Nº 145.955), actuando con el carácter de Apoderada Judicial de la Alcaldía del Municipio Bolivariano Libertador, respectivamente, contra la sentencia dictada por el mencionado Juzgado Superior, en fecha 5 de agosto de 2010, mediante la cual declaró Parcialmente Con Lugar el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial interpuesto.
En fecha 8 de febrero de 2011, se dio cuenta a la extinta Corte Primera, y se fijó diez (10) días de despacho siguientes, para fundamentar la apelación.
En fecha 3 de marzo de 2011, las partes apelantes consignaron escrito de fundamentación a la apelación.
En fecha 9 de marzo de 2011, se abrió el lapso de cinco (5) días de despacho, para la contestación a la fundamentación de la apelación presentada.
En fecha 16 de marzo de 2011, venció el lapso de cinco (5) días de despacho para la contestación de la fundamentación de la apelación.
En fecha 17 de marzo de 2011, la causa entró en estado de sentencia. En esa misma fecha la representación judicial de la Alcaldía del Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital consigno escrito de contestación a la fundamentación de la apelación.
En virtud de la incorporación a este Órgano Jurisdiccional del Juez ASTROBERTO HERMOGENES LÓPEZ LORETO, y por cuanto en fecha treinta y uno (31) de mayo de dos mil veintitrés (2023), fue elegida la nueva Junta Directiva, quedando reconstituida de la siguiente manera: EUGENIO JOSÉ HERRERA PALENCIA, Juez Presidente (E); ASTROBERTO HERMOGENES LÓPEZ LORETO, Juez Vicepresidente (E) y SILVIA JULIA VICTORIA ESPINOZA SALAZAR, Jueza; este Juzgado se abocó al conocimiento de la presente causa. En esa misma fecha, se reasignó la ponencia a la Jueza SILVIA JULIA VICTORIA ESPINOZA SALAZAR.
Realizado el estudio individual de las actas procesales que conforman el presente expediente, la Corte pasa a dictar sentencia, tomando en cuenta las siguientes consideraciones:
-ÚNICO-
Observa este Órgano Jurisdiccional que la presente causa versa sobre los recursos de apelación interpuestos por los Abogados María Gabriela Gaivis, actuando con el carácter de Apoderada Judicial del ciudadano Edgar José Colmenares Falcón, y Marlys Orfila, actuando con el carácter de Apoderada Judicial de la Alcaldía del Municipio Bolivariano Libertador, respectivamente, antes identificadas, contra la sentencia dictada por el mencionado Juzgado Superior, en fecha 5 de agosto de 2010, mediante la cual declaró Parcialmente Con Lugar el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto.
En este mismo sentido, esta Instancia observa que visto el tiempo transcurrido y encontrándose la causa en estado de sentencia acuerda dictar AUTO PARA MEJOR PROVEER a los fines de solicitar a la referida Superintendencia Municipal de Administración Tributaria (SUMAT) de la Alcaldía del Municipio Libertador del Distrito Capital, y al Síndico Procurador del Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital, remita a este Juzgado en el lapso de diez (10) días de despacho contado a partir de la notificación del presente auto, alguna documentación o información en donde se permita verificar si el ciudadano Edgar José Colmenares Falcón se encuentra laborando en dicha Superintendencia, el cargo que ejerce actualmente, y los ascensos que le hayan sido concedidos desde el año 2008, hasta la presente fecha.
De ahí que, en aras de dar cumplimiento a la tutela judicial efectiva prevista en el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y con la finalidad de que este Juzgado Nacional Primero Contencioso Administrativo ejerza su labor jurisdiccional en la presente causa, ORDENA a la Superintendencia Municipal de Administración Tributaria (SUMAT) de la Alcaldía del Municipio Libertador del Distrito Capital, y al Síndico Procurador del Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital, remititir a este Juzgado en el lapso de diez (10) días de despacho contado a partir de la notificación del presente auto, alguna documentación o información en donde se permita verificar si el ciudadano Edgar José Colmenares Falcón se encuentra laborando en dicha Superintendencia, el cargo que ejerce actualmente, y los ascensos que le hayan sido concedidos desde el año 2008, hasta la presente fecha, advirtiendo que una vez recibida la información requerida o vencido el lapso para ello se decidirá con las actas cursantes en el expediente. Así se decide.
Publíquese, regístrese y líbrese el oficio correspondiente. Déjese copia de la presente decisión. Cúmplase lo ordenado.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Sesiones del Juzgado Nacional Primero Contencioso Administrativo de la Región Capital, en Caracas, a los _________________ ( ) días del mes de _________________ del año dos mil veinticuatro (2024). Años 214º de la Independencia y 165º de la Federación.
El Juez Presidente (E),
EUGENIO HERRERA PALENCIA
El Juez Vicepresidente (E),
ASTROBERTO HERMOGENES LÓPEZ LORETO
La Jueza,
SILVIA JULIA VICTORIA ESPINOZA SALAZAR
Ponente
La Secretaria,
MALÚ DEL PINO
Exp. N° AP42-R-2011-000137
SJVES/
En fecha__________________ ( ) de _________________de dos mil veinticuatro (2024), siendo la(s) _______________ de la _______________, se publicó y registró la anterior decisión bajo el N° ______________.
La Secretaria.