REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara
Barquisimeto, veinticinco de noviembre de dos mil veinticuatro
214º y 165º
ASUNTO: KP02-S-2024-002501
Vista la anterior solicitud de TÍTULO SUPLETORIO, presentada por la ciudadana: VANESSA CAROLINA JIMÉNEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-17.859.640 asistida en este acto, por la abogada: VIRGINIA ALEJOS, inscrita en el I.P.S.A, bajo el N° 199.866, evacuados los testigos por ante este Juzgado, este tribunal considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor de la solicitante la propiedad de las bienhechurías ubicadas en el Sector Oreganal, Kilometro 11 Carretera Barquisimeto-Rio Claro, parte baja de Bello Monte, Parroquia Catedral, Municipio Iribarren del estado Lara, las cuales construyó con dinero de su propio peculio, sobre un TERRENO EJIDO, que mide aproximadamente MIL DOSCIENTOS OCHENTA METROS CUADRADOS (1280 MTS²) cuyas características y linderos, consta en la solicitud que encabeza éstas actuaciones. En consecuencia, este tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor de la solicitante ciudadana: VANESSA CAROLINA JIMÉNEZ, anteriormente identificada, de conformidad con lo establecido en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil; QUEDANDO A SALVO EN TODO CASO LOS DERECHOS DE TERCEROS.-
Publíquese y regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia http://www.tsj.gob.ve
La Jueza,
Abg. Mariani Selena Linares Peraza
La Secretaria
Abg. María Isabel Godoy Viloria
MSLP/ Migv/Sadans