REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CENTRO NORTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, CON COMPETENCIA EN LOS ESTADOS COJEDES Y YARACUY.-
Valencia, 11 de Noviembre de 2024.
Años: 214º y 165º
Expediente Nº 16.875
Vista la diligencia de fecha treinta (30) de octubre de 2024, suscrita por la ciudadana GÁMEZ MARTÍNEZ MARIANA DE JESÚS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.-14.185.386, debidamente asistida en este acto por el abogado EDULFO BERNAL, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 66.424, en su carácter como Defensor Público Segundo con competencia en lo Contencioso Administrativo del Estado Carabobo en la cual expone: “(…omissis…) la actualización de las boletas de notificaciones (…omissis…)”.
De la revisión de las actas procesales que conforman la presente causa, en aras de garantizar el derecho a la tutela judicial efectiva, economía procesal y el correcto desenvolvimiento del proceso, principios consagrados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y demás leyes que conforman nuestro ordenamiento jurídico éste Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, con competencia en los Estados Cojedes y Yaracuy, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, ACUERDA DE CONFORMIDAD CON EL PEDIMENTO.
En virtud de lo anterior, se ordena dejar sin efecto los oficios de notificación del auto de admisión de fecha trece (13) de julio de 2023, dirigidos al PRESIDENTE DEL INSTITUTO VENEZOLANO DE LOS SEGUROS SOCIALES, PROCURADOR GENERAL DE LA REPÚBLICA, al MINISTRO DEL PODER POPULAR PARA EL PROCESO SOCIAL DE TRABAJO y al DIRECTOR DEL AMBULATORIO DR. EMILIANO AZCUNES, bajo los Nros. 0459, 0460, 0461 y 0463, respectivamente.
En consecuencia, éste Juzgador en uso de sus más amplias facultades como director del proceso procede a actualizar los oficios de notificación ordenados en el auto de admisión de fecha trece (13) de julio del 2024 en los mismo términos establecidos en el auto dirigidos al ciudadano PRESIDENTE DEL INSTITUTO VENEZOLANO DE LOS SEGUROS SOCIALES, con copia certificada de todo el expediente, al PROCURADOR GENERAL DE LA REPÚBLICA, y al MINISTRO DEL PODER POPULAR PARA EL PROCESO SOCIAL DEL TRABAJO, a quienes de conformidad con lo establecido en el artículo 205 del Código de Procedimiento Civil, se le conceden dos (02) días continuos como término de la distancia. Asimismo, se ordena la notificación al ciudadano DIRECTOR DEL AMBULATORIO DR. EMILIANO AZCUNES. Remítase a los mencionados ciudadanos copia certificada del libelo y auto de admisión. Así se decide.
El Juez Superior,
DR. CARLOS ALBERTO BONILLA ÁLVAREZ
La Secretaria,
Abg. LIBNY PAOLA BALLESTEROS PARRA
Exp. N° 16.875 En ésta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior, se libraron los oficios de notificación del auto de admisión correspondiente bajo los Nros. 0784, 0785, 0786 y 0792.
La Secretaria,
Abg. LIBNY PAOLA BALLESTEROS PARRA
CABA/LPBP/EH