REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CENTRO NORTE


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, CON COMPETENCIA
EN LOS ESTADOS COJEDES Y YARACUY.-
Valencia, 19 de noviembre del 2024
Años: 214º y 165º


Vista la apelación interpuesta en fecha 18 de octubre de 2023, por los abogados DÁVILA EDGAR Y SANTIAGO MARY, debidamente inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 174.683 y 177.447, respectivamente, actuando en este acto como apoderados judiciales de los ciudadanos MILITZA RAMÍREZ RODRÍGUEZ y KEVIN BLANCO BRIZUELA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V.-12.753.423 y V.-21.454.236, respectivamente, contra la sentencia definitiva dictada por éste Tribunal Superior en fecha 09 de octubre del 2023, la cual declaró:
“(…omissis…) SIN LUGAR la querella funcionarial, interpuesta por los ciudadanos MILITZA DEL SOCORRO RAMÍREZ RODRÍGUEZ y KEVIN ANTONIO BLANCO BRIZUELA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V.-12.753.423 y V.-21.454.236, respectivamente, debidamente asistidos por los abogados Edgar Dávila, Mary Santiago y Edmar Dávila, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 174.683, 177.447 y 294.429, contra el Acto Administrativo No. CDEC-052-2022 de fecha 30 de mayo de 2022 dictado por el CONSEJO DISCIPLINARIO DEL ESTADO CARABOBO (…omissis…)”.

En consecuencia, se oye en ambos efectos dicho recurso y se ordena remitir el expediente a la Unidad de Recepción de Documentos de los Juzgados Nacionales Contencioso Administrativo de la Región Capital, a los fines de ley.


El Juez Superior,


DR. CARLOS ALBERTO BONILLA ÁLVAREZ

La Secretaria,



Abg. LIBNY P. BALLESTEROS P.


Exp. Nº 16.798. Se remite constante de una (01) pieza principal de trescientos sesenta y seis (366) folios útiles, según oficio Nº.

La Secretaria,

Abg. Libny P. Ballesteros P.

CABA/LPBP/EH