REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, Veintitrés de Octubre de dos mil Veinticuatro
Años: 214° y 165°
ASUNTO: KN01-S-2024-000135
Vista la anterior solicitud de TÍTULO SUPLETORIO, presentada por la ciudadana: ISBENIZ GREGORIA GRATEROL, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V- 5.256.293, asistida en este acto, por la abogada YELITZA GONZALEZ, inscrita en el I.P.S.A, bajo el N° 278.472, evacuados los testigos por ante este Juzgado, este tribunal considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor de la solicitante la propiedad de las bienhechurías ubicadas en el Barrio LA PEÑA, sector 1 Av. principal. Cerca del Consejo Comunal Barquisimeto Estado Lara, Parroquia Unión, Iribarren del Estado Lara , las cuales construyó con dinero de su propio peculio, sobre un TERRENO EJIDO, que mide aproximadamente DIEZ METROS CUADRADOS (10mts2) Y cuyas características y linderos, consta en la solicitud que encabeza éstas actuaciones. En consecuencia, este tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor de la solicitante ciudadana: ISBENIZ GREGORIA GRATEROL, anteriormente identificado, de conformidad con lo establecido en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil; QUEDANDO A SALVO EN TODO CASO LOS DERECHOS DE TERCEROS.-
Publíquese y regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia http://www.tsj.gob.ve
La Jueza,
Abg. Mariani Selena Linares Peraza.
La Secretaria,
Abg. María Isabel Godoy Viloria
MSLP/ Migv/hp.