Visto el escrito de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS presentado por el ciudadano: LUIS MIGUEL GONZALEZ GUEDEZ, en su condición de cónyuge de la ciudadana SARHYALBERT TERESA PEROZO MENDOZA, actuando en nombre propio y asistido por el Abogado en ejercicio Eulogio Guedez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 177.160, en el cual solicita ser declarado UNICO Y UNIVERSAL HEREDERO de la ciudadana: SARHYALBERT TERESA PEROZO MENDOZA, quien era venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-16.418.995, quien falleció Ab-Intestato, el día 16 de marzo del 2024 en la ciudad de El Tocuyo, Estado Lara, el solicitante trajo a los autos, fotocopias de Cédulas de Identidad de la Del Cujus y del solicitante (folios 02), Acta de matrimonio bajo el Nº 33 expedida por la Registradora Civil del Municipio Moran (folio 03), Acta de defunción expedida por la Registradora Civil del Municipio Moran bajo el Nº 54 (folios 04).
Admitida la solicitud, se ordenó la publicación de un edicto a los fines de que se hiciera parte cualquier interesado y oír la declaración de dos testigos. Siendo la oportunidad de decidir, el Tribunal observa:
UNICO: Con las declaraciones de las testigos: ALICIA MARGARITA MONTESINOS y ROCIO DEL CARMEN GOYO DE SOTO, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos V-20.323.947 y V-7.989.522 respectivamente, de este domicilio, quienes estuvieron contestes en afirmar que los hechos narrados en la Solicitud son ciertos; y quienes se aprecian como idóneos de conformidad con lo previsto en el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil, y los documentos públicos acompañados a la solicitud, los cuales aprecia el Juzgado en todo su valor probatorio de conformidad con los artículos 1359 y 1360 del Código Civil, se encuentra plenamente demostrado lo alegado por los solicitantes en su escrito y por lo tanto la presente solicitud debe prosperar. Así se decide.
Por las razones anteriormente expuestas, este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MORAN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener, aprueba la mencionada justificación y DECLARA UNICO Y UNIVERSAL HEREDERO de la ciudadana: SARHYALBERT TERESA PEROZO MENDOZA a su cónyuge, ciudadano: LUIS MIGUEL GONZALEZ GUEDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.588.811; respectivamente. Tómese debida nota en el Libro Diario llevado por este Tribunal, déjese copia certificada mecanografiada y devuélvase original con sus resultas.
Publíquese y Regístrese.
Dado, firmado y sellado en la Sala del Despacho del Tribunal del Municipio Morán de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en El Tocuyo, al primer día (01) días del Mes de octubre (10) del Año Dos Mil Veinticuatro (2024) Años: 214º y 165º.
La Jueza Provisoria,
Abg. Yosglide Duin León.-
La Secretaria
Abg. Rosbelcy Sandoval.
En la misma fecha se Publicó.-
La Sec.
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