REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CENTRO NORTE



JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO CON COMPETENCIA
EN LOS ESTADOS COJEDES Y YARACUY
Valencia, 16 de octubre de 2024
Años: 214° y 165°

Expediente Nro. 16.917

En fecha quince (15) de noviembre de 2023, comparece ante éste Juzgado Superior la ciudadana MERLESS YURAIMA MARTÍNEZ GONZÁLEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-7.092.295, debidamente asistida en este acto por el abogado en ejercicio WILFREDO CARLOS GUSTAVO FEO KRISCHKE, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 99.604, quienes interpusieron una Querella Funcionarial contra el CONCEJO MUNICIPAL DE SAN DIEGO DEL ESTADO CARABOBO.
En fecha veintiuno (21) de noviembre de 2023, se le dio entrada y se anotó en los libros respectivos.
En fecha veintinueve (29) de enero de 2024, éste Juzgado Superior dictó auto mediante el cual admitió la Querella Funcionarial y ordenó citar al ciudadano SINDICO PROCURADOR MUNICIPAL DE SAN DIEGO DEL ESTADO CARABOBO y notificar al ALCALDE DEL MUNICIPIO SAN DIEGO DEL ESTADO CARABOBO y al CONCEJO MUNICIPAL DE SAN DIEGO DEL ESTADO CARABOBO bajo los oficios Nros. 0068, 0069 y 0074.
En fecha seis (06) de febrero de 2024, compareció la ciudadana MERLESS YURAIMA MARTINEZ GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-7.092.295, debidamente asistida en este acto por el abogado en ejercicio WILFREDO CARLOS GUSTAVO FEO KRISCHKE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.597.128, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 99.604, a los fines de conferir Poder Apud Acta al mencionado abogado.
En fecha veintidós (22) de febrero de 2024, compareció el ciudadano CARLOS MARQUEZ, en su condición de Alguacil de éste Tribunal, mediante el cual, consignó resultas de boletas de notificaciones, oficios Nros. 0068, 0069 y 0074, realizadas al SINDICO PROCURADOR MUNICIPAL DE SAN DIEGO DEL ESTADO CARABOBO, al ALCALDE DEL MUNICIPIO SAN DIEGO DEL ESTADO CARABOBO y al CONCEJO MUNICIPAL SAN DIEGO DEL ESTADO CARABOBO.
En fecha dieciocho (18) de marzo de 2024, compareció el abogado MANUEL ANTONIO MENDES NAVAS, debidamente inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 283.240, a los fines de consignar expediente administrativo constante
de ciento cuarenta y tres (143) folios útiles.
Por auto de fecha primero (01) de abril de 2024, se ordenó agregar como pieza separada denominada “EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO”, el cual reposará en el archivo de éste Juzgado.
En fecha dieciséis (16) de abril de 2024, compareció el abogado WILFREDO CARLOS GUSTAVO FEO KRISCHKE, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 99.604, a los fines de solicitar al ciudadano Juez el abocamiento al conocimiento de la causa.
Mediante auto de fecha veintitrés (23) de abril de 2024, el ciudadano Juez se abocó al conocimiento de la presente causa.
En fecha veintidós (22) de mayo de 2024, compareció el ciudadano ANGEL LUNA LIRA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-13.987.346, actuando en carácter de PRESIDENTE DEL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN DIEGO DEL ESTADO CARABOBO, a los fines de conferir Poder Apud Acta a los abogados YASNEIDY JOSELIN MARTINEZ CAMEJO, ANGELICA ALFONSINA ALFONZO PERALTA, MANUEL ANTONIO MENDES NAVAS y JOSE JAVIER AULAR JIMENEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-14.161.001, V-25.939.939, V-20.730.132 y V-17.615.522, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 157.803, 300.902, 283.240 y 236.790. En esta misma fecha, se consigno escrito de contestación.
En fecha veintidós (22) de mayo de 2024, compareció el abogado MANUEL ANTONIO MENDES NAVAS, debidamente inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 283.240, y consignó escrito de contestación.
Por auto de fecha veintisiete (27) de mayo de 2024, éste Juzgado Superior fijó fecha para la celebración de Audiencia Preliminar, para el quinto (5º) día de despacho a las 10:30 de la mañana.
En fecha veintisiete (27) de mayo de 2024, éste Tribunal Contencioso Administrativo, mediante auto fija la Audiencia Preliminar para el quinto (5°) día de despacho a las 10:30 de la mañana; dejando constancia que la emisión del presente auto se realizó el primer (1°) día de despacho al que hace mención el legislador.
En fecha cuatro (04) de junio de 2024, se dio lugar para el acto de celebración de la Audiencia Preliminar fijada por éste Tribunal a las 10:30 de la mañana y se dejó constancia de la comparecencia de ambas partes.
En fecha doce (12) de junio de 2024, compareció por ante éste Juzgado Superior el abogado MANUEL ANTONIO MENDES NAVAS, debidamente inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 283.240, a los fines de consignar escrito de promoción de pruebas.
En fecha diecisiete (17) de junio de 2024, compareció por ante éste Juzgado Superior el abogado WILFREDO CARLOS GUSTAVO FEO KRISCHKE, inscrito en el Instituto de


Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 99.604, consignando escrito de oposición de pruebas.
En fecha veintiséis (26) de Junio de 2024, éste Tribunal Contencioso Administrativo, mediante auto admitió el escrito de promoción de pruebas presentada por la parte querellada, y ordeno oficiar a la PRESIDENCIA DE LA FUNDACIÓN SALUD PARA TODOS SAN DIEGO, que funciona en el CENTRO MÉDICO PEDIÁTRICO Y DE ESPECIALIDADES DR. JOSÉ GREGORIO HERNÁNDEZ.
En fecha veintiséis (26) de junio de 2024, compareció el ciudadano CARLOS MARQUEZ, en su condición de Alguacil de éste Juzgado Superior y consignó resultas de boletas de notificaciones oficios Nros. 0509 y 0510, dirigidas al DIRECTOR DE LA CLÍNICA POPULAR TIPO I DR. LUIS GUADA LACAU del Municipio Naguanagua Estado Carabobo y a la PRESIDENCIA DE LA FUNDACIÓN SALUD PARA TODOS SAN DIEGO, que funciona en el CENTRO MÉDICO PEDIÁTRICO Y DE ESPECIALIDADES DR. JOSÉ GREGORIO HERNÁNDEZ.
En fecha siete (07) de octubre de 2024, se recibió oficio ADMÓN.-0083-2024, proveniente de la PRESIDENTA DE LA FUNDACIÓN SALUD PARA TODOS SAN DIEGO, ciudadana MILAGRO LEONARDI, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.586.016, a los fines de responder al requerimiento formulado de la Prueba de Informes del capítulo II en el presente expediente.
Ahora bien, por lo ut supra narrado, y en aras de garantizar el debido proceso, la tutela judicial efectiva y la igualdad entre las partes, vencido como se encuentra el lapso probatorio, éste Juzgado Superior Estadal procede a fijar el acto de Audiencia Definitiva, para el quinto (5º) día de despacho, a las 11:30 de la mañana, tal y como lo establece nuestra legislación en el artículo 107 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, el cual señala: “vencido el lapso probatorio, el Juez o Jueza fijará uno de los cinco días de despacho siguientes para que tenga lugar la audiencia definitiva (…omissis…)”. Entendiéndose que la emisión del presente auto corresponde al primer (1º) día de despacho al que hace mención el legislador, Y ASÍ SE ESTABLECE.-

El Juez Superior,



DR. CARLOS ALBERTO BONILLA ÁLVAREZ

La Secretaria,



ABG. LIBNY P. BALLESTEROS P.



CABA/LPBP/BI.-