REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BEJUMA, MONTALBÁN Y MIRANDA.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




EN SU NOMBRE
EL TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BEJUMA, MONTALBAN Y MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.
Montalbán, 24 de Septiembre de 2024
Años: 214° y 165°

SOLICITANTES: ELISA MARGOT JIMENEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°. V-11.521.156, asistida por la Abogada DENNYS CRISTINA GAVIDIA MACIAS, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 280.209.

MOTIVO: TITULO SUPLETORIO
SENTENCIA: AUTONOMA RESUELTA
EXPEDIENTE N°: 30-24.

Vista la solicitud presentada por la ciudadana: ELISA MARGOT JIMENEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-11.521.156, asistida por la Abogada DENNYS CRISTINA GAVIDIA MACIAS, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 280.209, donde solicita se le decrete TITULO SUPLETORIO sobre las bienhechurías que ha construido a sus expensas y con dinero de su propio peculio, cuyas características, linderos y ubicación se especifican en el escrito libelar, la cual se encuentran fomentada sobre un lote de terreno ejido perteneciente al Municipio Montalbán del Estado Carabobo, ubicado en la Calle Páez cruce con Calle Mariño, Sector El Cafetal del Municipio Montalbán del Estado Carabobo, el cual ha venido poseyendo en forma continuo, pacifica, publica, ni interrumpida, e igualmente vistas las declaraciones de los testigos presentados por la solicitante y siendo este Juzgado competente para tramitar y proveer en sede de Jurisdicción Voluntaria, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a Terceros, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BEJUMA, MONTALBAN Y MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, declara TITULO SUPLETORIO de las bienhechurías identificadas en la solicitud, a favor de la ciudadana ELISA MARGOT JIMENEZ. Devuélvanse estas actuaciones en original con sus resultas a la parte interesada.

EL JUEZ PROVISORIO


Abog. OSCAR JESUS NAVAS NAVAS.
EL SECRETARIO


Abog. HUGO ALEXANDER ARRIECHE.

En la misma fecha se devuelve a la parte interesada, constante de Dieciséis (16) folios útiles.

EL SECRETARIO


Abog. HUGO ALEXANDER ARRIECHE.
Sol.30-24.