REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN DEL JUZGADO NACIONAL PRIMERO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO NACIONAL PRIMERO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CAPITAL
JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN
Caracas, 23 de abril de 2025
214º y166º
Visto el auto dictado por este Juzgado en fecha 19 de marzo de 2025, mediante el cual ordenó librar cartel de emplazamiento dirigido a los terceros interesados, y luego de la revisión de las actas procesales que conforman el presente expediente, este Órgano Jurisdiccional evidencia que en fecha 26 de marzo de 2025, la parte interesada retiró dicho cartel, asimismo, observa que en fecha 21 de abril de 2025, venció el lapso legal para consignarla publicación del mismo, según lo establecido en el artículo 81 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, en consecuencia este Juzgado estima el desistimiento de la presente causa, razón por la cual ORDENA remitir el presente expediente al Juzgado Nacional Primero Contencioso Administrativo de la Región Capital, a los fines de que emita la decisión correspondiente.
LA JUEZ DE SUSTANCIACIÓN,
DUBRASKA VANESSA VERA TAMPOA
LA SECRETARIA ACC,
ADRIANA J. VIDAL T.
En esta misma fecha se remite al JUZGADO NACIONAL PRIMERO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CAPITAL el expediente Nro.2024-242, constante de una (1) pieza judicial contentiva de ochenta y un (81) folios útiles.
LA SECRETARIA ACC,
DVVT/AJVT/11
Exp. Nro.2024-242