Por cuanto en fecha 05 de junio de 2025, la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, designó como JUEZ PROVISORIO del Tribunal Decimo Séptimo (17°) de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a la ciudadana MAYRA ALEJANDRA MERCADO POLANCO, quien fue debidamente juramentada ante la Rectoría Civil del Área Metropolitana de Caracas, el día 06 de junio de 2025, la misma se ABOCA al conocimiento y revisión de la presente solicitud.
En fecha 23 de noviembre de 2023, se recibió escrito de solicitud de RECTIFICACION DE ACTA DE NACIMIENTO, incoada por el abogado HECTOR BARRIOS, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 144.286, en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos ROSALIA DIAZ, CARLOS CONTRERAS, ALBA CONTRERAS, LUIS CONTRERAS, JOSE CONTRERAS, YAMILET DIAZ Y RICHARD CONTRERAS identificados ut supra.
En fecha 04 de diciembre de 2023, se admitió la presente solicitud y se ordenó emplazar a todos aquellas personas que pudieran tener interés en dicha solicitud, así como la notificación del ciudadano Fiscal del Ministerio Publico, para lo cual se instó a la parte interesada a consignar los fotostatos necesarios para que sean certificados y anexados a la boleta de notificación.
En fecha 12 de diciembre de 2023, se recibió diligencia presentada por el abogado HECTOR BARRIOS, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 144.286, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana Rosalía Díaz, a los fines de consignar los fotostatos correspondientes para la elaboración de la boleta de la Notificación del Fiscal del Ministerio Publico.
Posteriormente, en esta misma fecha 12 de diciembre de 2023, se recibió diligencia presentada por el abogado HECTOR BARRIOS, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 144.286, actuando en su carácter de apoderado judicial de la solicitante, mediante la cual dejó constancia de haber retirado ante la O.A.P el Edicto emanado de este Tribunal.
En fecha 14 de diciembre de 2023, se libró la correspondiente boleta de notificación al ciudadano Fiscal del Ministerio Público.
Posteriormente, en esta misma fecha 14 de diciembre de 2023, se recibió diligencia presentada por el abogado FERNANDO CARBONELL, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 144.286, actuando en carácter de de apoderado judicial de la solicitante, a fin de consignar un ejemplar del Edicto, publicado en el Periódico Ultimas Noticias, en fecha 14 de diciembre de 2023.
En fecha 09 de enero de 2024, compareció el ciudadano JESUS YANEZ, Alguacil Adscrito al Circuito Judicial de los Juzgados de Municipio de la Circunscripción Judicial Del Área Metropolitana De Caracas, Con Sede En Los Cortijos De Lourdes, donde consignó Oficio dirigido al FISCAL DEL MINISTERIO PUBLICO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, debidamente firmado y sellado.
En fecha 17 de enero de 2024, compareció el abogado CHARLES DIAZ AULAR, en su carácter de Fiscal Centésimo Decimo (110°) del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, con competencia en materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Civil e Instituciones Familiares, encargado de la Fiscalía Nonagésima Cuarta (94°) del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, quien expuso: “…se evidencia que el acta de nacimiento que inicialmente se pretende rectificar no adolece del error indicado, ya que si aparece el progenitor de la ciudadana ROSALIA DIAZ, ciudadano ENRIQUE JASPE en la cuarta línea de la misma, aunado a que dicho documento es emanado del Registro Civil del Municipio Zamora del Estado Miranda, lo cual no le otorga competencia a ese Despacho Judicial para conocer del presente asunto y al verificar la cedula de identidad de la prenombrada ciudadana, puede observarse que se trata de un error del Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería al momento de expedirle la cedula de identidad, con relación a las partidas de nacimiento de sus hijos CARLOS JOSE, ALBA JOSEFINA, LUIS ALBERTO, YAMILET Y RICHARD ARGENIS, se observa que todos fueron presentados en la Oficina del Registro Civil del Municipio Sucre del Estado Miranda, excepto los ciudadanos JOSE HUMBERTO y LUIS ALBERTO, que fueron presentados en el Municipio Zamora del Estado Miranda, tratándose esa jurisdicción la adecuada para hacer la solicitud a favor de ellos dos, aunado a que las partidas de nacimiento de los ciudadanos CARLOS JOSE Y RICHARD ARGENIS fueron consignadas en copia simple, lo cual no les da el carácter probatorio necesario para tal asunto, sin embargo, siendo que el acta de nacimiento de la cual inicialmente se pretende la rectificación de acta fue suscrita en el Registro Civil del Municipio Zamora del Estado Miranda, es por lo que en razón a los dispuesto en el artículo 501 del Código Civil Venezolano, pido respetuosamente al Tribunal acuerde declinar la competencia…”
En fecha 25 de julio de 2025, compareció el abogado JOHANGEL LUGO REINALES, en su carácter de Fiscal Provisorio Nonagésimo Cuarto (94°) del Ministerio Publico con competencia en el Sistema de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Civil e Instituciones Familiares, a los fines de exponer lo siguiente: “…esta representación fiscal observa que la parte actora no ha comparecido ante su digno Tribunal a impulsar el procedimiento, siendo la última actuación el 17/01/2025, la diligencia emitida por esta Dependencia Fiscal; por cuanto se evidencia que ha transcurrido más de un año de inactividad procesal de las partes, surtiendo efectos ex tune, produciendo eficacia a partir de la fecha cuando se cumpla el año de la paralización o inactividad, aunque no haya habido solicitud ni pronunciamiento al respecto…
…por tal motivo solicito se declare la perención de la Instancia, de conformidad con lo establecido en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil…