Quien suscribe se aboca al conocimiento de la presente causa, en el estado que se encuentra procesalmente.
La presente causa fue remitida a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas en 10 de junio de 2014, correspondiendo su conocimiento a este Juzgado.

En fecha 11 de junio de 2014, se admitió la demanda por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 340 del Código de Procedimiento Civil, concatenado con el artículo 859 ejusdem, ordenándose el emplazamiento de la parte demandada.
En fecha 11 de julio de 2014, se dejó constancia que, previa consignación de los fotostatos, se libraron las compulsas de citación a las Sociedades Mercantiles CORPORACION 231298, C.A., CORPORACION 14498 C.A., CORPORACION 27288, C.A., CORPORACION 1512004, C.A., INVERSIONES COPAKING C.A., EMPRESAS TAPA AMARILLA, C.A., y al ciudadano VICTOR BANGUESES PEREZ.
En fecha 16 de enero de 2015, se dictó auto mediante el cual se ordenó oficiar al Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), Consejo Nacional Electoral (CNE) y al Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería (SAIME) a los fines de que informaran el último domicilio y los movimientos migratorios del ciudadano VICTOR BANGUESES PEREZ. Se libraron oficios Nros. 29, 30 y 31.
Mediante auto dictado en fecha 14 de agosto de 2017, se ordenó el desglose de las compulsas de citaciones dirigidas a la parte demandada, a los fines de la práctica de las citaciones correspondientes.
En fecha 18 de julio de 2018, se recibió diligencia presentada por el abogado PABLO TRIBELLA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 162.584, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, mediante la cual solicitó el desglose de las compulsas de citación.
Mediante auto dictado en fecha 25 de julio de 2018, se abocó al conocimiento de la presente causa la Juez ARLENE PADILLA; ordenándose librar nuevas compulsas de citaciones, previa consignación de las copias necesarias.