REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO NACIONAL PRIMERO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CAPITAL


Caracas, ________________ de ________________ de 2025
Años 215° y 166°

JUEZ PONENTE: ASTROBERTO H. LÓPEZ LORETO
EXPEDIENTE Nº AB41-R-2015-000001


En fecha 23 de julio de 2015, se recibió de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de las Cortes Primera y Segunda en lo Contencioso Administrativo (hoy Juzgados Nacionales Primero y Contencioso Administrativo de la Región Capital), oficio Nro. 00612-15, de fecha 09 de julio de 2015, emanado del Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital (hoy Juzgado Superior Estadal Primero Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital), mediante el cual remitió el expediente judicial Nro.9604 (nomenclatura particular de ese despacho), contentivo recurso contencioso administrativo funcionarial con amparo cautelar, interpuesto por la ciudadana FÁTIMA JIMÉNEZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 100.501, actuando en su propio nombre y representación, contra el INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS (INTI).

Dicha remisión se efectuó, en virtud del recurso de apelación ejercido en fecha 03 de marzo de 2015, por el abogado José Antonio Páez, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 223.345, en su carácter de apoderado judicial de la parte recurrida Instituto Nacional de Tierras (INTI), contra la sentencia interlocutoria Nro. 12-2015 dictada en fecha 25 de febrero de 2015, mediante la cual declaró improcedente la oposición formulada por la parte querellada en fecha 21 de enero de 2015, contra la medida cautelar innominada de suspensión de efectos dictada –de oficio- por el Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, de fecha 27 de noviembre de 2014.

En virtud de la incorporación a este Órgano Jurisdiccional del Juez ASTROBERTO H. LÓPEZ LORETO y por cuanto en sesión de fecha treinta y uno (31) de mayo de dos mil veintitrés (2023), fue elegida la nueva Junta Directiva, quedando reconstituida de la siguiente manera: EUGENIO JOSÉ HERRERA PALENCIA, Juez Presidente; ASTROBERTO H. LÓPEZ LORETO, Juez Vicepresidente y SILVIA JULIA VICTORIA ESPINOZA SALAZAR, Jueza; este Juzgado se abocó al conocimiento de la presente causa, se reasignó la Ponencia al Juez ASTROBERTO H. LÓPEZ LORETO, a quien se ordenó pasar el presente expediente a los fines legales correspondientes.


Realizado el estudio individual de las actas procesales que conforman el presente expediente, pasa este Juzgado Nacional Primero a decidir previas las siguientes consideraciones:
-ÚNICO-

En fecha 21 de noviembre de 2014, la ciudadana Fátima Jiménez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 140196.162, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro.100.501, actuando en su propio nombre y representación, interpuso recurso contencioso administrativo funcionarial conjuntamente con amparo cautelar, contra el Acto Administrativo Nro. ORH-009-082, notificado en fecha 28 de mayo de 2013, referente a la remoción del Cargo de Coordinadora de Procedimientos Administrativos Agrarios, adscrito a la Consultoría Jurídica del Instituto Nacional de Tierras (INTI).

En fecha 29 de julio de 2015, la extinta Corte, ordenó el cierre informático del asunto Nro. AP42-O-2015-000064, por haber ingresado en fecha 23 de julio del año en curso en el sistema de decisión, Gestión y Documentación Juris 2000, por lo que ordenó un nuevo registro quedando registrado bajo el Nro. AB41-R-2015-000001. Asimismo, anuló el auto de fecha 28 de julio de 2015 donde se dio cuenta a la Corte (artículo 206 CPC).

En fecha 30 de julio de 2015, se dio cuanta la extinta Corte, se ordenó aplicar el procedimiento en segunda instancia previsto en los artículos 90, 91 y 92 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa; se designó ponente y se fijó el lapso de diez (10) días de despacho siguiente, para fundamentar la apelación. En esa misma fecha se dictó auto a través de la cual la otrora Corte observó que en fecha 03 de marzo de 2015, la representación judicial de la parte querellada había consignado ante el Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital (hoy Juzgado Superior Estadal Primero Contencioso Administrativo de la Región Capital), escrito de fundamentación de la apelación contra la decisión dictada por el referido Juzgado en fecha 25 de febrero de 2015, dejando constancia de la apertura del lapso de cinco (5) días de despacho, inclusive la contestación de la fundamentación de la apelación.

En fecha 13 de octubre de 2015, la parte querellante consignó escrito de contestación de la fundamentación de la apelación.

En fecha 15 de octubre de 2015, venció el lapso de cinco (5) días de despacho para la contestación de la fundamentación de la apelación.

Sustanciada la presente causa, la misma entró en estado de sentencia en fecha 20 de octubre de 2015.

En fecha 03 de agosto de 2022 este Órgano Jurisdiccional profirió sentencia Nro. 2022-0036, mediante el cual ordenó la notificación de la parte apelante, para que en un lapso de diez (10) días de despacho siguiente contados a partir de su notificación manifieste su interés en continuar la causa. No consta en autos que se haya librado la correspondiente boleta de notificación.

Ahora bien, en atención a lo anterior expuesto, este Órgano Colegiado como director del proceso en aras de garantizar la tutela judicial efectiva establecida en el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 39 de la Ley Orgánica de la jurisdicción Contencioso Administrativa, según el cual el Juez podrá (…) en cualquier estado de la causa (…) solicitar información o hacer evacuar de oficio las pruebas que considere pertinentes (…), estima necesario dictar auto para mejor proveer a los fines de solicitar al Juzgado Superior Estadal Primero Contencioso Administrativo de la Región Capital, que informe a este Juzgado Nacional Primero la situación y estatus actual del expediente identificado con el Nro. 9604 (nomenclatura particular de ese despacho), contentivo del recurso contencioso administrativo funcionarial con amparo cautelar, interpuesto por la ciudadana FÁTIMA JIMÉNEZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 100.501, actuando en su propio nombre y representación, contra el INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS (INTI).

Líbrese el oficio correspondiente. Asimismo, se advierte que una vez que conste en autos del acuse del recibido del respectivo oficio, se le concede un lapso de diez (10) días de despacho siguientes para que dé fiel cumplimiento a lo ordenado. Así se decide.

Publíquese, regístrese. Déjese copia de la presente decisión. Cúmplase lo ordenado.
El Juez Presidente,

EUGENIO HERRERA PALENCIA

El Juez Vicepresidente,

ASTROBERTO H. LÓPEZ LORETO
Ponente
La Jueza,

SILVIA JULIA VICTORIA ESPINOZA SALAZAR


La Secretaria,

MALÚ DEL PINO
Exp. Núm. AB41-R-2015-000001

AHLL/END
En fecha ___________________ ( ) de ____________________de dos mil veinticinco (2025), siendo la (s) _________________ de la ______________, se publicó y registró la anterior decisión bajo el Núm. __________________.
La Secretaria,