LA
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE




PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO GUANARE DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA


Guanare, 23 de Enero de 2025
Años 214° y 165°

Tramitada como ha sido la presente SOLICITUD DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentada por la ciudadana: VICTORIANA PERDOMO CASTELLANOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°9.254.740, de este domicilio, debidamente asistida por la Defensora Publico Provisorio Primero con competencia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de Guanare estado Portuguesa, Abogada Ana Yelitza Salas Salas, según designación mediante Resolución N° DDPG-2022-236 de fecha 25-04-2022, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 233.888, mediante la cual solicita se le declare a ella y a los ciudadanos: ALEJANDRO PERDOMO CASTELLANOS, PEDRO DAMIAN PERDOMO CASTELLANOS, JOSE SINECIO PERDOMO CASTELLANOS, MARIA ROSA DEL CARMEN PERDOMO CASTELLANOS, JOSE DARIO PERDOMO CASTELLANOS y CEFERINO ANTONIO PERDOMO CASTELLANOS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad N°11.395.550, 9.400.822, 11.395.425, 9.254.741, 11.395.426 y 9.254.742,en sus condiciones de hijos; como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante ALFREDOJOSE PERDOMO RODRIGUEZ,quien era venezolano, mayor de edad,titular de la cédula de identidadN° 1.210.731, quien falleció (ab-intestato) el día veintiocho (28) de Mayo del año dos mil veintiuno(2.021). En Guanare estado Portuguesa. Y cumplido como fueron los extremos de Ley, se le dio entrada, tramitándose el procedimiento conforme a derecho, es decir, se ordenó la publicación de un Edicto para la comparecencia de alguna persona interesada en este procedimiento, constando en autos que cumplidos al requisito no compareció persona alguna, por lo que fijó oportunidad para la declaración de los testigos que presentara la parte interesada.
Consta en autos Copia fotostática de la Cedula de identidad correspondiente a la ciudadana, VICTORIANA PERDOMO CASTELLANOS.Copia fotostática Certificada del acta de Defunción emitida por la Oficina de Registro Civil del Municipio Guanare, Estado Portuguesa, correspondiente al causante: ALFREDO JOSE PERDOMO RODRIGUEZ, Signada con el Nº 463, folio 222, tomo 2, de fecha 01/06/2021.Copia fotostática de la Cedula de identidad correspondiente al ciudadano:ALFREDO JOSE PERDOMO RODRIGUEZ. Copia fotostática certificada de la Partida de Nacimiento, emitida por el Registro Civil del Municipio Guanare del Estado Portuguesa, correspondiente al ciudadano:ALEJANDRO PERDOMO CASTELLANOS,Signada con el Nº 967, folio 20, tomo 4, de fecha 07/08/2024. Copia fotostática certificada de la Partida de Nacimiento, emitida por el Registro Civil del Municipio Guanare del Estado Portuguesa, correspondiente al ciudadano:PEDRO DAMIAN PERDOMO CASTELLANOS,Signada con el Nº 478, folio 428 y 429, tomo 1, de fecha 10/02/2022.Copia fotostática certificada de la Partida de Nacimiento, emitida por el Registro Civil del Municipio Guanare del Estado Portuguesa, correspondiente al ciudadano:JOSE SINECIO PERDOMO CASTELLANOS,Signada con el Nº 611, folio 196, tomo 2, de fecha 06/08/2024.Copia fotostática certificada de la Partida de Nacimiento, emitida por el Registro Civil del Municipio Guanare del Estado Portuguesa, correspondiente a la ciudadana:MARIA ROSA DEL CARMEN PERDOMO CASTELLANOS,Signada con el Nº 1268, folio 57, tomo 3, de fecha 07/08/2024.Copia fotostática certificada de la Partida de Nacimiento, emitida por el Registro Civil del Municipio Guanare del Estado Portuguesa, correspondiente al ciudadano:JOSE DARIO PERDOMO CASTELLANOS,Signada con el Nº 502, folio 148, tomo 2, de fecha 13/11/2024.Copia fotostática certificada de la Partida de Nacimiento, emitida por el Registro Principal del Municipio Guanare del Estado Portuguesa, correspondiente al ciudadano:CEFERINO ANTONIO PERDOMO CASTELLANOS,Signada con el Nº 1.748, folio 336, del año 1.965.Copia fotostática certificada de la Partida de Nacimiento, emitida por el Registro Civil del Municipio Guanare del Estado Portuguesa, correspondiente a la ciudadana:VICTORIANA PERDOMO CASTELLANOS,Signada con el Nº 1064, folio 236, tomo 2, de fecha 05/08/2024.Copias fotostática de las Cedula de identidad correspondiente a los ciudadanos: ALEJANDRO PERDOMO CASTELLANOS, PEDRO DAMIAN PERDOMO CASTELLANOS, JOSE SINECIO PERDOMO CASTELLANOS, MARIA ROSA DEL CARMEN PERDOMO CASTELLANOS, JOSE DARIO PERDOMO CASTELLANOS, CEFERINO ANTONIO PERDOMO CASTELLANOS y MARIA DE LA PAZ CASTELLANOS GRATEROL. Copia fotostática certificada de la sentencia de Divorcio, emitida por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, correspondientes a los ciudadanos: MARIA DE LA PAZ CASTELLANOS GRATEROL y ALFREDO JOSE PERDOMO RODRIGUEZ,de fecha 14 de Mayo de 1990.En su oportunidad comparecieron las ciudadanas: MARIA CUSTODIA BRICEÑO COLMENAREZ y RUFINA DEL CARMEN ESTRADA, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros9.400.378 y 12.887.139. Respectivamente, en ese mismo orden, testigos promovidos por la parte interesada, evidenciándose con su declaración los hechos invocados en la Solicitud. Y Por cuanto no ha habido Oposición, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y en virtud de lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA estas diligencias suficientes para asegurarle a los ciudadanos:VICTORIANA PERDOMO CASTELLANOS, ALEJANDRO PERDOMO CASTELLANOS, PEDRO DAMIAN PERDOMO CASTELLANOS, JOSE SINECIO PERDOMO CASTELLANOS, MARIA ROSA DEL CARMEN PERDOMO CASTELLANOS, JOSE DARIO PERDOMO CASTELLANOS y CEFERINO ANTONIO PERDOMO CASTELLANOS,venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad N°9.254.740, 11.395.550, 9.400.822, 11.395.425, 9.254.741, 11.395.426 y 9.254.742, respectivamente, la cualidad de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del Causante: ALFREDO JOSE PERDOMO RODRIGUEZ, vocación hereditaria que les viene conforme al Artículo anteriormente mencionado, en concordancia con el Artículo 822 del Código Civil, quedando a salvo los derechos de terceros. En cuanto a las copias certificadas solicitadas, se acuerdan en conformidad. Devuélvanse estas actuaciones en original con sus resultas.
El Juez Provisorio,


Abg. Jorge Eléazar Quintero Valderrama.
El Secretario,

Abg. Manuel Enrique Arabia Manzanilla.
Seguidamente se devuelven estas actuaciones originales con sus resultas.- Conste.-
Solicitud N° 5.394-24.Rafael C.-