REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CENTRO NORTE


JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO CON COMPETENCIA
EN LOS ESTADOS COJEDES Y YARACUY
Valencia, 14 de enero de 2025
Años: 214º y 165º
Exp. N° 15.744

Vista la diligencia presentada en fecha trece (13) de enero de 2025, por la ciudadana NANCY ELETZA ARANGUREN ALVARADO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.414.558, debidamente asistida por el abogado en ejercicio FERNANDO MIGUEL OLIVERO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 202.381, parte querellante, con el carácter que consta en autos a fin de exponer y solicitar: “El abocamiento del Juez a la presente causa”. Se acuerda de conformidad con lo solicitado.
En mi condición de Juez Provisorio, designado por la Comisión Judicial en reunión de fecha tres (03) de abril del 2024 y con juramento ante la Presidente del Tribunal Supremo de Justicia el cinco (05) de abril del 2024, me aboco al conocimiento de la presente causa.
Por tal motivo, se le informa que la causa reanudará su curso legal una vez hayan transcurridos los diez (10) días de despacho a que se refiere el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, más un (01) días que se le conceden como termino de la distancia, vencido dicho lapso comenzarán a correr los cinco (05) días de Despacho para que las partes ejerzan su derecho a la recusación prevista en el artículo 48 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, los cuales comenzaran a computarse una vez que conste en autos las ultimas de las notificaciones ordenadas.
El Juez Superior,

Dr. CARLOS ALBERTO BONILLA ALVAREZ
La Secretaria,

Abg. LIBNY PAOLA BALLESTEROS PARRA

Exp. Nº 15.744. En la misma fecha se libró oficios de notificación Nros.: 0015, 0017 y 0018.
La Secretaria,

Abg. LIBNY PAOLA BALLESTEROS PARRA
CABA/LPBP/BI.-