REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CENTRO NORTE
JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO,
CON COMPETENCIA EN LOS ESTADOS COJEDES Y YARACUY
Valencia, 25 de febrero de 2025
Años: 214º y 166º
Expediente Nº 15.767
Vista la diligencia presentada en fecha seis (06) de febrero de 2025, por el abogado JOAB MANUEL BAPTISTA CABRERA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 200.331, actuando con el carácter de sustituto de la ciudadana Procuradora del ESTADO CARABOBO, parte demandante, se acuerda de conformidad con lo solicitado.
En mi condición de Juez Provisorio, designado por la Comisión Judicial en reunión de fecha tres (03) de abril del 2024 y con juramento ante la Presidenta del Tribunal Supremo de Justicia el cinco (05) de abril del 2024, me aboco al conocimiento de la presente causa.
Vista la revisión exhaustiva de las actas procesales, éste Juzgado Superior observó que en fecha 26 de septiembre de 2019 se libraron las notificaciones respectivas, sin embargo, las mismas no fueron debidamente practicadas, por lo que, no consta la resultas, encontrándose la presente causa en estado de Admisión, por interposición de recurso.
En consecuencia, la causa reanudará su curso legal una vez hayan transcurridos los diez (10) días de despacho a que se refiere el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, vencido dicho lapso, comenzarán a correr los cinco (05) días de despacho para que las partes ejerzan su derecho a la recusación prevista en el artículo 48 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
El Juez Superior,
Dr. CARLOS ALBERTO BONILLA ALVAREZ
La Secretaria Suplente,
ABG. ANDREINA J. ESPINOZA H.
CABA/LPB/BI.-