REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Cuarto (14°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, siete (07) de julio de dos mil veinticinco (2025)
215º y 166º
ASUNTO: AP21-L-2025-001033
Visto el escrito, suscrito en fecha 07 de julio de 2025, por los abogados RAFAEL ALI GARRIDO GARCÍA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 59.476, actuando en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil INVERSIONES RG 11-32 C.A., acreditación que cursa a los autos, y el ciudadano JOSÉ GREGORIO FAJARDO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 95.909, apoderado judicial del ciudadano HERALDO JEZREEL PINTO BEOMONT, titular de la cédula de identidad N° V-27.988.145 (parte Demandante) acreditación que consta a los autos, en el juicio por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales, este Tribunal Décimo Cuarto (14°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, conociendo en fase de Sustanciación, verifica los instrumentos poderes de las partes, que cursan en autos y procede a HOMOLOGAR la Suspensión planteada por las partes en el presente asunto en los términos expuesto, desde el 07 de julio de 2025 hasta el 23 de julio de 2025, ambas fechas inclusive, y, vencido dicho lapso, continuará la prosecución de la causa, en el entendido que restan tres (03) días de despacho del término de los diez (10) días, que conforman para la celebración de la Audiencia Preliminar de conformidad con lo establecido en el artículo 126 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, por lo cual se reanudará en los mismos términos, a los efectos legales consiguientes. Así decide.
Finalmente, se ordena librar oficios a la Coordinación Judicial del Circuito Judicial del Trabajo, y a la Coordinación de Secretarios y Asistentes del Circuito Judicial del Trabajo, a los fines que Excluyan el presente asunto del sorteo de Audiencia Preliminar, del Décimo (10°) día hábil siguiente al 25 de junio de 2025, y con vista a la voluntad de las partes (Homologada por el Tribunal), Incluyan el presente asunto al séptimo (7mo) día hábil siguiente al 23-07-2025, en el sorteo de Audiencia Preliminar fijado a las 10:00 a.m. Líbrense oficios y cúmplase.-
La Juez;
Abg. Ana Victoria Barreto Milanés
La Secretaria
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