REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.

Valencia 19 de junio de 2025
215º y 166º

SOLICITANTE: EURYS JACQUELINE ALIENDO PALENCIA.-
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO.-
EXPEDIENTE N°: 9864.

Evacuados como han sido los testigos promovidos en la presente solicitud y conforme al pedimento efectuado por la ciudadana EURYS JACQUELINE ALIENDO PALENCIA titular de la cedula de identidad No. V-12.604.496, asistida de la abogada en ejercicio NORKA RODRIGUEZ debidamente inscrita en el I.P.S.A. bajo el N° 27.500, donde solicita le sea decretado TITULO SUPLETORIO sobre unas bienhechurías que constan de un área de construcción aproximada de NOVENTA Y UN METROS CUADRADOS (91,00 Mts.2), ancladas sobre una porción de terreno de su propiedad, que mide NOVENTA Y UN METROS CUADRADOS (91,00 Mts.2), ubicada en el Sector Union, Calle Andres Eloy Blanco, Casa S/N, Municipio Naguanagua del Estado Carabobo, cuya forma de construcción, medidas, linderos y demás determinaciones se especifican en el documento referido. Este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil resuelve declarar suficientes las probanzas evacuadas, a los fines de asegurarle a la solicitante el derecho de posesión sobre las mencionadas bienhechurías, dejando a salvo los derechos de terceros, se acuerda devolver los originales que conforman estas actuaciones a la parte interesada.
Devuélvanse las resultas a la solicitante.
LA JUEZA PROVISORIA LA SECRETARIA ACCIDENTAL


ABG. ERLYVANIS CISNERO ABG. VICMARY LUGO
En la misma fecha se tomo nota de lo acordado y se le dio salida constante de diecisiete (17) folios.

LA SECRETARIA ACCIDENTAL

Exp. 9864
EC/VL/Sb