REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO

Valencia , 02 de junio de 2025
215° y 166°

Vista la solicitud presentada por la Sociedad Mercantil NESTLE VENEZUELA, S.A, inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 26 de junio de 1957, bajo el número 23, Tomo 22-A, a través de su apoderado judicial abogado LUIS DANIEL LEÓN DELGADO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 142.752, el Tribunal observa:
La presente solicitud por INSPECCIÓN JUDICIAL se recibió su distribución en fecha 01 de noviembre de 2024, por ante el Tribunal (distribuidor) fue presentada para Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de esta Circunscripción Judicial, sometido a distribución correspondió conocer de la causa a este Tribunal, se le da entrada bajo el Número 10995-2024 (Folio 01 al 08), ahora bien desde el día 01 de noviembre de 2024, al día de hoy 02 de junio de 2025, han transcurrido más de 6 meses, por lo que, en virtud de las consideraciones antes expuestas este JUZGADO CUARTO MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO; NIEGA LA ADMISIÓN DE LA SOLICITUD.
LA JUEZA PROVISORIA.

ABG. YELITZA CARRERO RAMIREZ.
LA SECRETARIA SUPLENTE.


ABG. SILVIA PATRICIA CURVELO.


Sol. N° 10995-2024.
YCR/SPC/paoc.-