REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CENTRO NORTE


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, CON COMPETENCIA EN LOS ESTADOS COJEDES Y YARACUY.-
Valencia, 19 de junio del 2025.
Años: 215º y 166º
Expediente Nº 14.596
Vista la diligencia presentada en fecha 16 de junio de 2025, por el abogado JOAB BAPTISTA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 200.331, actuando en su carácter de apoderada judicial del ESTADO CARABOBO Parte Demandante, mediante la cual solicita la actualización de los carteles de citación personal.
En consecuencia, en aras de garantizar el derecho a la tutela judicial efectiva, economía procesal, y en uso de las facultades previstas en los artículos 14, 15 y 206 del Código de Procedimiento Civil, aplicables de manera supletoria al presente caso por mandato del artículo 31 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, éste Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, con competencia en los Estados Cojedes y Yaracuy, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, ACUERDA DE CONFORMIDAD CON EL PEDIMENTO, solicitado por el ciudadano JOAB BAPTISTA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V.- 10.329.237, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 200.331, actuado en éste acto como representante del Estado Carabobo. Por consiguiente, se ordena dejar sin efecto el cartel de notificación de fecha 19 de septiembre de 2022, asimismo se ordena librar nuevo cartel de citación dirigido a la sociedad de comercio “COOPERATIVA CARABOBO 2030, R.L.”, y/o su apoderado judicial, el cual deberá ser publicado a costa del interesado en el diario “NOTITARDE” y “LA CALLE”, con intervalo de tres (03) días entre uno y otro, para que se dé por citado ante éste Tribunal, en el termino de diez (10) días de despacho siguientes a la publicación, fijación y consignación, en las horas comprendidas entre las 08:30 de la mañana y las 03:30 de la tarde.

Se advierte al demandado en autos que el lapso para que se tenga por notificado comenzará a contarse el día de despacho siguiente a la constancia en autos de haber cumplido con la última de las formalidades, dejando constancia que de no comparecer en el lapso señalado se le tendrá por notificado, y se le nombrará un defensor ad litem con quien se entenderá la notificación y demás actos del proceso según lo establecido en el artículo 223 del Código de Procedimiento Civil, aplicable supletoriamente por remisión del artículo 31 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Líbrese Cartel de citación. Así se decide.
El Juez Superior,


Dr. CARLOS ALBERTO BONILLA ALVAREZ.
La Secretaria,


ABG. LIBNY PAOLA BALLESTEROS PARRA.

Exp. No 14.596. En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en éste auto, se libró el cartel de notificación para su publicación.

La Secretaria,


ABG. LIBNY PAOLA BALLESTEROS PARRA.


CABA/LPBP/EH