Se inició el presente asunto por motivo de DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS presentado por la ciudadana: MARIBEL DEL CARMEN ESCALONA, titular de la Cédula de Identidad Nº V-12.369.799, actuando en nombre propio y en representación sin poder de sus hermanos ciudadanos DULCE MILAGRO ESCALONA, ORLANDO JOSE ESCALONA, HECTOR GUSTAVO ESCALONA, ANDRES ELOY ESCALONA y OSWALDO ANTONIO ESCALONA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de Identidad Nº V-7.989.234, V-10.960.909, V- 19.113.938, V- 12.369.900, V- 16.238.505, respectivamente, asistida en este acto por el abogado Juan Carlos Torrealba inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº44.701. Este Tribunal observa que hasta la presente fecha, ha transcurrido más de UN (01) año desde la fecha de su admisión 29-02-2024, constante de CATORCE (14) folios sin que la solicitante haya consignado la publicación del Edicto, es por lo que este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Morán de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA del presente proceso, de conformidad con la norma contenida en el Artículo 267, del Código de Procedimiento Civil y ASÍ SE DECIDE.
Regístrese y Publíquese.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Tribunal Primero del Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Morán de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. El Tocuyo, a los Dieciocho (18) días del mes de Marzo del año 2025. Años 214° Independencia y 166° Federación.
La Jueza Provisoria
Abg. Yosglide Darmagly Duin León
La Secretaria
Abg. Rosbelcy Sandoval
En la misma fecha se registró y se publicó la presente sentencia.
La Sec.
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