REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CENTRO NORTE


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, CON COMPETENCIA EN LOS ESTADOS COJEDES Y YARACUY.-
Valencia, 28 de marzo de 2025
Años: 214º y 166º

Expediente Nº 16.811
Vista la diligencia presentada en fecha 19 de febrero de 2025, por el abogado WALTER J. RODRIGUEZ B, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.V-12.027.017, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 80.590, actuando en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil AGROINSUMOS LARA C.A, Parte Recurrente, el cual solicitó a éste Tribunal Superior librar las notificaciones de la sentencia que declaró Con Lugar el presente Recurso de Nulidad.
De la revisión de las actas procesales que conforman la presente causa, éste Administrador de Justicia constato que la sentencia al cual se hace referencia es de fecha 06 de julio de 2023, ahora bien, quien aquí suscribe en aras de garantizar el derecho a la tutela judicial efectiva, economía procesal, principios consagrado en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y demás leyes que conforman nuestro ordenamiento jurídico éste Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, con competencia en los Estados Cojedes y Yaracuy, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, acuerda la solicitud realizada por el abogado WALTER J. RODRIGUEZ B, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.V-12.027.017, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 80.590, en consecuencia, DEJA SIN EFECTO las boletas de notificaciones de la sentencia de fecha 06 de julio de 2023.
Visto lo antes narrado y por cuanto el nuevo proceso, se rige por principios fundamentales guiados por normas constitucionales, que garantizan la tutela judicial efectiva a todos los justiciables corresponde a los órganos jurisdiccionales en cualquier instancia del proceso a velar por el fiel cumplimiento de los derechos y garantías constitucionales se ordena librar nuevas boletas de notificaciones dirigidas al Sindico Procurador del Municipio Urachiche del Estado Yaracuy, Alcalde del Municipio Urachiche del Estado Yaracuy y al Fiscal Octogésimo Primero a Nivel Nacional del Ministerio Público con Competencia Constitucional y Contencioso Administrativo Sede Valencia, Estado Carabobo.- Así se decide.

El Juez Superior,


Dr. CARLOS ALBERTO BONILLA ALVAREZ.
La Secretaria Suplente,


ABG. ANDREINA ESPINOZA.

Exp. No 16.811 En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior, se libró las boletas de notificaciones correspondientes y se anexa copia certificada de la decisión.

La Secretaria Suplente,


ABG. ANDREINA ESPINOZA.


CABA/AE/IC.