REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA Y DEL MUNICIPIO JUAN VICENTE CAMPO ELIAS DEL ESTADO TRUJILLO.-
Guanare; Doce (12) de Noviembre de 2025.
Años: 215º y 166º.-
Evidencia este Tribunal, en el escrito presentado en fecha diez (10) de noviembre de 2025, cursante al folio setenta y tres (73) al folio setenta y siete (77), por el ciudadano RAYNER ANTONY ALMAO QUIÑONES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 19.903.452, en su condición de socio de la “AGROPECUARIA LAS MARÍAS 2021, C.A.”, debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil Primero del Estado Portuguesa, Tomo 4-A, número 21, correspondiente al año 2024, número de expediente 410-21476, debidamente asistido por la abogada Verónica María Borelli, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 128.774, y a los efectos de proveer observa que lo expuesto en el escrito esboza lo siguiente:
“…se revoque el auto de sustanciación que fijó para el 25 de noviembre de 2025 en el asunto signado con el N° 01121-A-25, la práctica de la inspección en el lote de terreno; y en consecuencia, se acuerde nueva oportunidad a la brevedad posible para la práctica de la inspección…”.
Este Juzgador, advierte al ciudadano RAYNER ANTONY ALMAO QUIÑONES, que en fecha cuatro (04) de noviembre de 2025, inserto al folio setenta (70) de la presente pieza, este Tribunal, dictó auto mediante el cual, según la tablilla de actos llevados y según la necesidad de servicio de este Juzgado, fijó la fecha y hora para la práctica de la inspección judicial. Por tal motivo, este Juzgador, NIEGA lo solicitado por la parte demandante. Así se decide.-
Dada, sellada y firmada en la sala del Juzgado Segundo de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa y del Municipio Juan Vicente Campo Elías del estado Trujillo, en Guanare, a los doce (12) días del mes de noviembre de dos mil veinticinco (2025).-
Juez Provisorio,
MSc. LUCAS ALEXANDER BLANCO VELÁSQUEZ,
La Secretaria,
ABG. OLIMAR ANDREINA MANZANILLA,
En la misma fecha, siendo las once y treinta minutos de la mañana (11:30 a.m.) se publicó y registró la anterior decisión bajo el Nº , y resguarda el archivo original en digital (Formato PDF) para el copiador de sentencias llevado por éste Juzgado.-
La Secretaria,
ABG. OLIMAR ANDREINA MANZANILLA,
LABV/OAM/ElimarB.-
Expediente Nº 01121-A-25.-