REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEXTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, diez de noviembre de dos mil veinticinco
215º y 166º
ASUNTO: KP02-S-2025-004409
SOLICITANTE: ISMAEL DE JESUS LADINO TOVAR, quien es venezolano, mayor de edad, soltero, civilmente hábil y titular de la cédula
ABOGADA ASISTENTE DEL SOLICITANTE: EVELIN LISBETH PAGES APOSTOL., quien se encuentra inscrita por ante el (I.P.S.A.), bajo el N°.161.656.-
MOTIVO: TÍTULO SUPLETORIO.
CUALIDAD JURÍDICA DEL TERRENO: EJIDO
SENTENCIA: AUTO RESOLUTORIO.
Vista la solicitud presentada por el ciudadano: ISMAEL DE JESUS LADINO TOVAR, quien es venezolano, mayor de edad, soltero, civilmente hábil y titular de la cédula de identidad N° .3.332.959., asistido en este acto por la Abogado en Ejercicio EVELIN LISBETH PAGES APOSTOL., quien se encuentra inscrita por ante el (I.P.S.A.), bajo el N°.161.656., quien se manifiesta se le conceda: TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, sobre una bienhechuría que construyo con dinero de su propio peculio y a sus propias expensas, edificadas sobre un lote de: TERRENO EJIDO, ubicación, medidas y linderos son los siguientes: BRISAS DE LA PRADERA 1, CARRERA 2 ENTRE AV. CIRCUNVALACION NORTE Y CALLE 1 N° CIVICO 123, PARROQUIA GUERRERA ANA SOTO MUNICIPIO IRIBARREN DEL ESTADO LARA, con una superficie aproximada de CIENTO SIETE METROS CUADRADOS CON CERO DECIMETROS (107,01 mts2), Comprendidas dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: En línea de 8,40 metros con terreno ocupado por Eloiza Azuaje; SUR: En línea 8,40 metros con carrera 2 que es su frente. ESTE: En línea de 12,75 metros con terreno ocupado por Jacserman Miranda; OESTE: En línea de 12,75 metros terreno ocupado por Sonia Alvarez.-
-SIENDO ASÍ, ESTE TRIBUNAL OBSERVA:
-Tomando en consideración las declaraciones de las testigos, ciudadanas: ANGELICA MARIA ALFONZO LOYO y FABIANA JOSEFINA ZUBILLAGA, quienes son venezolanas, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. 15.949.282 y 16.601.467, respectivamente, ambas de este domicilio, quienes son contestes entre sí en reafirmar que los hechos narrados en la solicitud son ciertos, se aprecian sus testimoniales de conformidad con lo establecido en el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil.
-En consecuencia, ESTE TRIBUNAL ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, especialmente por los Artículos 936 y 937 Ejusdem y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener, APRUEBA la mencionada justificación y DECLARA: TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor del ciudadano ISMAEL DE JESUS LADINO TOVAR, ya anteriormente identificado.-
-Publíquese y regístrese e incluso en la página Web del Tribunal Supremo de Justicia (T.S.J.), y déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
-Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del TRIBUNAL SEXTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, en Barquisimeto, a los diez (10) días del mes de Noviembre del año dos mil veinticinco (2025). Años 215° de Independencia y 166° de la Federación.
-Devuélvase las actuaciones a la parte interesada, y tómese nota en el Libro de Solicitudes, llevado por ante este Tribunal.
El Juez,
Abg. Hilarión Riera Ballesteros.
La Secretaria Titular,
Abg. María Eugenia Rincones Yajure.
-Seguidamente se publicó la presente decisión, siendo las 10:00. A.M.
La Secretaria Titular,
Abg. María Eugenia Rincones Yajure.
HRB/ MERY / DC.-