REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEXTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veinte de noviembre de dos mil veinticinco
215º y 166º
ASUNTO: KP02-S-2025-004996
SOLICITANTE: LINBBERG MARINO MARIN OROZCO, quien es venezolano, mayor de edad, casado, civilmente hábil y titular de la cédula
ABOGADA ASISTENTE DEL SOLICITANTE: IRIS V. TORREALBA S., quien se encuentra inscrita por ante el (I.P.S.A.), bajo el N°.169.946.-
MOTIVO: TÍTULO SUPLETORIO.
CUALIDAD JURÍDICA DEL TERRENO: EJIDO
SENTENCIA: AUTO RESOLUTORIO.
Vista la solicitud presentada por el ciudadano: LINBBERG MARINO MARIN OROZCO, quien es venezolano, mayor de edad, casado, civilmente hábil y titular de la cédula de identidad N° .2.543.265., asistido en este acto por la Abogado en Ejercicio IRIS V. TORREALBA S., quien se encuentra inscrita por ante el (I.P.S.A.), bajo el N°.169.946 ., quien se manifiesta se le conceda: TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, sobre una bienhechuría que construyo con dinero de su propio peculio y a sus propias expensas, edificadas sobre un lote de: TERRENO EJIDO, ubicación, medidas y linderos son los siguientes: VIA RETEN ARRIBA A 88,25 MTS DE LA CARRETERA 5, TAMACA, PARROQUIA TAMACA, MUNICIPIO IRIBARREN DEL ESTADO LARA, tiene un área de QUINIENTOS CUARENTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON OCHENTA Y OCHO DECIMETROS (548,88 M2.), dentro de los siguientes linderos: NORTE: En línea de 21.70 Mts. con Vía Reten Arriba, que es su frente. SUR: En línea de 22.60 Mts. con terreno ocupado por Simón Jiménez. ESTE: En línea de 23:35 Mts. Con terrenos ocupados por Linda Mercedes Marín Amaro y OESTE: En línea de 24.20 Mts, con terrenos ocupados por Posesión Juana Milán. Las referidas bienhechurías están conformadas por un edificio de (2) plantas con las siguientes características: NIVEL PANTA BAJA: Con un área de construcción de DOSCIENTOS DIECIOCHO METROS CUADRADOS CON DIECISEIS DECIMETROS (218,16 M2) conformada por cuatro (4) locales comerciales que se describen a continuación: LOCAL COMERCIAL 1: Área de construcción de CINCUENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS (54.00 M2.), dentro de los siguientes linderos: NORTE: En línea de 4.50 Mts. con Vía Reten Arriba. SUR: En línea de 4.50 Mts. con patio (área libre). ESTE: En línea de 12.00 Mts. Con Local N° 2 y OESTE: En línea de 12.00 Mts. Garaje. LOCAL COMERCIAL 2: Área de construcción de CINCUENTA Y TRES METROS CUADRADOS CON DIECISEIS DECIMETROS (53.16 M2), dentro de los siguientes linderos: NORTE: En línea de 4.43 Mts. con Vía Reten Arriba. SUR: En línea de 4.43 Mts. con patio (área libre), ESTE: En línea de 12.00 Mts. Con Local N° 3 y OESTE: En línea de 12.00 Mts. con Local N° 1. LOCAL COMERCIAL 3: Área de construcción de CINCUENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS (54.00 M2.), dentro de los siguientes linderos: NORTE: En línea de 4.50 Mts. con Vía Reten Arriba. SUR: En línea de 4.50 Mts. con patio (área libre). ESTE: En línea de 12.00 Mts. Con Local N°4 y OESTE: En línea de 12.00 Mts. con Local N° 2 LOCAL COMERCIAL 4: Área de construcción de CUARENTA Y OCHO METROS CUADRADOS (48.00 M2.), dentro de los siguientes linderos: NORTE: En línea de 4.00 Mts. con Vía Reten Arriba. SUR: En línea de 4.50 Mts. con patio (área libre). ESTE: En línea de 12.00 Mts. con Linda Marín de Amaro y OESTE: En línea de 12.00 Mts. con Local N° 3. AREA DE ESTACIONAMIENTO: Área de Construcción de CIENTO DOS METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y TRES DECİMETROS (102,53 M2) con los siguientes linderos NORTE: En línea de 21.70 Mts. con Vía Reten Arriba. SUR: En línea de 21.70 Mts. con fachada de los locales. ESTE: En línea de 5,30 Mts. con Linda Marín de Amaro y OESTE: En línea de 4,15 Mts, con posesión Juana Milán NIVEL PLANTA ALTA: Con un área de construcción de DOSCIENTOS DIECIOCHO METROS CUADRADOS CON DIECISEIS DECIMETROS (218,16 M2) Constituido por un apartamento.-
SIENDO ASÍ, ESTE TRIBUNAL OBSERVA:
-Tomando en consideración las declaraciones de los testigos, ciudadanos: HECTOR ANIBAL ALVAREZ VAQUEZ Y ANA MATILDE D`ORAZIO DURAN, quienes son venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. 4.805.963 y 12.534.835, respectivamente, ambos de este domicilio, quienes son contestes entre sí en reafirmar que los hechos narrados en la solicitud son ciertos, se aprecian sus testimoniales de conformidad con lo establecido en el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil.
-En consecuencia, ESTE TRIBUNAL ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, especialmente por los Artículos 936 y 937 Ejusdem y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener, APRUEBA la mencionada justificación y DECLARA: TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor del ciudadano LINBBERG MARINO MARIN OROZCO, ya anteriormente identificado.-
-Publíquese y regístrese e incluso en la página Web del Tribunal Supremo de Justicia (T.S.J.), y déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
-Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del TRIBUNAL SEXTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, en Barquisimeto, a los veinte (20) días del mes de Noviembre del año dos mil veinticinco (2025). Años 215° de Independencia y 166° de la Federación.
-Devuélvase las actuaciones a la parte interesada, y tómese nota en el Libro de Solicitudes, llevado por ante este Tribunal.
El Juez,
Abg. Hilarión Riera Ballesteros.
La Secretaria Titular,
Abg. María Eugenia Rincones Yajure.
-Seguidamente se publicó la presente decisión, siendo las 11:00. A.M.
La Secretaria Titular,
Abg. María Eugenia Rincones Yajure.
HRB/ MERY / DC.-