REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DÉCIMO NOVENO (19º) DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, 07 de Octubre de 2025
215º y 166º
ASUNTO: AP21-L-2025-000239
Vista la diligencia presentada por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D) de éste Circuito Judicial del Trabajo en fecha seis (06) de octubre del año dos mil veinticinco (2025), por la ciudadana GERIDA MARTINEZ, titular de la cedula de identidad Nro. V-21.156.623, debidamente asistida por la abogada LETTY RIVAS, inscrita en el IPSA bajo el Nro. 13.268; respectivamente, mediante la cual expone y solicita lo siguiente: “…1. REVOCO el poder otorgado en este asunto judicial del abogado FREMIOT JOSÉ COLMENAREZ RAMÍREZ, titular de la cedula de identidad Nro. V-6.185.131 e IPSA Nro. 43.807. 2. Desiste del presente procedimiento por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos, 3. Solicito muy respetuosamente, el cierre y archivo definitivo de este asunto…”
En consecuencia, en virtud de la manifestación de la ciudadana GERIDA MARTINEZ, titular de la cedula de identidad Nro. V-21.156.623, debidamente asistida por la abogada LETTY RIVAS, inscrita en el IPSA bajo el Nro. 13.268; este Juzgado HOMOLOGA dicho desistimiento en los términos expuestos, sin menoscabo de los derechos irrenunciables del trabajador de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, aplicado analógicamente por el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Se ordena el cierre informático y archivo definitivo del presente asunto, una vez haya transcurrido el lapso legal para que las partes ejerzan los recursos de Ley. Así se decide.-
Dando cumplimiento a lo establecido en las disposiciones del artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, se ordena dejar copia certificada de la presente sentencia en el archivo del Tribunal así como la publicación de la presente sentencia en la página web del Tribunal Supremo de Justicia en el sitio denominado Regiones Área Metropolitana de Caracas http://caracas.tsj.gov.ve/. Cúmplase.
Publíquese, regístrese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Décimo Noveno (19º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los siete (07) días del mes de octubre de dos mil veinticinco (2025). Años: 215° de la Independencia y 166° de la Federación.
LA JUEZ
Abg. MEICER E. MORENO V.
LA SECRETARIA
Abg. JORDALIZ VÁSQUEZ
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