REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintiocho (28) de octubre de dos mil Veinticinco (2025)
215º y 166º

ASUNTO: KP02-S-2025-004417
Vista la anterior solicitud de TÍTULO SUPLETORIO, suscrita por los ciudadanos JOSE LUIS OLLARVES Y FELIX PEÑA ARAQUE, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-11.426.699 y V-8.041.416, de este domicilio, debidamente asistidos por el Abogado MIGUEL ANGEL LOPEZ SILVA, inscrito en el I.P.S.A, bajo el N°66.516, evacuados los testigos por ante este Juzgado, este tribunal considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor del solicitante la propiedad de la bienhechuría Ubicada en el sector carmelitas km 8 via rio claro, al lado del sector la ceiba, Parroquia catedral, Municipio Iribarren, Estado Lara, la cual construyó con dinero de su propio peculio, sobre un TERRENO EJIDO, cuyas, medidas, características y linderos, consta en la solicitud que encabeza éstas actuaciones y evacuados los testimonios de los ciudadanos NELSON ALTUVE Y LORENA DEL CARMEN MONTILLA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-16.654.985 y V-10.844.272, respectivamente, quienes fueron contestes en sus declaraciones, las cuales se aprecian y se les otorga valor probatorio. En consecuencia, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor de los solicitantes ciudadanos: JOSE LUIS OLLARVES Y FELIX PEÑA ARAQUE, anteriormente identificados, de conformidad con lo establecido en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil; QUEDANDO A SALVO EN TODO CASO LOS DERECHOS DE TERCEROS.-
Publíquese y regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia http://lara.tsj.gob.ve/.-
EL JUEZ PROVISORIO,

ABG. JHONNY JOSÉ ALVARADO HERNÁNDEZ
EL SECRETARIO,

ABG. LEWIS CARRASCO RANGEL.
Jalvarado/Lcr/Err