REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEXTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, diecisiete de octubre de dos mil veinticinco
215º y 166º
ASUNTO: KP02-S-2025-003676
SOLICITANTE: LIVIA ROSA MORILLO , quien es venezolana, mayor de edad, soltera, civilmente hábil y titular de la cédula de identidad N°
ABOGADO ASISTENTE DE LA SOLICITANTE: ANTONIO COLMENARES DAZA., quien se encuentra inscrito por ante el (I.P.S.A.), bajo el N°.42.953.-
MOTIVO: TÍTULO SUPLETORIO.
CUALIDAD JURÍDICA DEL TERRENO: EJIDO
SENTENCIA: AUTO RESOLUTORIO.
Vista la solicitud presentada por la ciudadana: LIVIA ROSA MORILLO , quien es venezolana, mayor de edad, soltera, civilmente hábil y titular de la cédula de identidad N° .11.581.101., asistida en este acto por el Abogado en Ejercicio ANTONIO COLMENARES DAZA., quien se encuentra inscrito por ante el (I.P.S.A.), bajo el N°.42.953.-quien se manifiesta se le conceda: TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, sobre una bienhechuría que construyo con dinero de su propio peculio y a sus propias expensas, edificadas sobre un lote de: TERRENO EJIDO, ubicación, medidas y linderos son los siguientes: AVENIDA PRINCIPAL, SECTOR 1, COMUNIDAD EL PARAISO, PARROQUIA GUERRERA ANA SOTO, MUNICIPIO IRIBARREN DEL ESTADO LARA, que mide SIETE METROS CON CINCUENTA CENTIMETROS (7,50) DE FRENTE POR QUINCE METROS (15) DE FONDO, para un área aproximada de CIENTO CINCO METROS CUADRADOS (105 MTS2), con una área de construcción de NOVENTA Y CINCO METROS CUADRADOS (95 mts), Comprendidas dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: En línea de Quince metros (15 Mts) con transversal 5; SUR: En línea de Quince metros (15 Mts) con Inmueble de Milagro Ocanto. ESTE: En línea de Siete metros con Cincuenta centímetros (7,50 Mts) con avenida principal que es su frente; OESTE: En línea de Siete metros con Cincuenta centímetros (7,50 Mts) con la Calle Las Palmeras.-
-SIENDO ASÍ, ESTE TRIBUNAL OBSERVA:
-Tomando en consideración las declaraciones de los testigos, ciudadanos: ROBINSON ROJAS RUEDA y GABRIEL ANTONIO GUILLEN BARRIOS, quienes son venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. 10.681.893 y 15.730.6985, respectivamente, ambos de este domicilio, quienes son contestes entre sí en reafirmar que los hechos narrados en la solicitud son ciertos, se aprecian sus testimoniales de conformidad con lo establecido en el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil.
-En consecuencia, ESTE TRIBUNAL ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, especialmente por los Artículos 936 y 937 Ejusdem y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener, APRUEBA la mencionada justificación y DECLARA: TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor de la ciudadana LIVIA ROSA MORILLO, ya anteriormente identificada.-
-Publíquese y regístrese e incluso en la página Web del Tribunal Supremo de Justicia (T.S.J.), y déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
-Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del TRIBUNAL SEXTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, en Barquisimeto, a los diecisiete (17) días del mes de Octubre del año dos mil veinticinco (2025). Años 215° de Independencia y 166° de la Federación.
-Devuélvase las actuaciones a la parte interesada, y tómese nota en el Libro de Solicitudes, llevado por ante este Tribunal.
El Juez,
Abg. Hilarión Riera Ballesteros.
La Secretaria Titular,
Abg. María Eugenia Rincones Yajure.
-Seguidamente se publicó la presente decisión, siendo las 10:10. A.M.
La Secretaria Titular,
Abg. María Eugenia Rincones Yajure.
HRB/ MERY / DC.-