REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEXTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintiocho de octubre de dos mil veinticinco
215º y 166º
ASUNTO: KP02-S-2025-004240
SOLICITANTE: ANA GRISELDA COLMENAREZ ESCALONA, quien es venezolana, mayor de edad, soltera, civilmente hábil y titular de la cédula
ABOGADA ASISTENTE DE LA SOLICITANTE: MIRIAM HERNANDEZ., quien se encuentra inscrita por ante el (I.P.S.A.), bajo los N°.170.173.-
MOTIVO: TÍTULO SUPLETORIO.
CUALIDAD JURÍDICA DEL TERRENO: EJIDO
SENTENCIA: AUTO RESOLUTORIO.
Vista la solicitud presentada por la ciudadana: ANA GRISELDA COLMENAREZ ESCALONA, quien es venezolana, mayor de edad, soltera, civilmente hábil y titular de la cédula de identidad N° .13.566.463., asistida en este acto por la Abogado en Ejercicio MIRIAM HERNANDEZ., quien se encuentra inscrita por ante el (I.P.S.A.), bajo los N°.170.173., quien se manifiesta se le conceda: TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, sobre una bienhechuría que construyo con dinero de su propio peculio y a sus propias expensas, edificadas sobre un lote de: TERRENO EJIDO, ubicación, medidas y linderos son los siguientes: SECTOR PRADOS DEL NORTE I, VARRERA 2 ENTRE AVENIDA FERROCARRIL BOLIVAR Y CALLE 1, PARROQUIA EL CUJI, MUNICIPIO IRIBARREN DEL ESTADO LARA, que mide aproximadamente MIL METROS CUDRADOS (1.000 m2) con un área de construcción de TRECE METROS CON CINCUENTA Y TRES CENTIMETROS CUADRADOS (13,53 m2), Comprendidas dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: En línea de 50,00 mts con terrenos que son o fueron ocupados por Florimar Suarez; SUR: En línea de 50,00 mts con la Carrera 2, que es su frente. ESTE: En línea de 20,00 mts con terrenos que son o fueron de Luis Alfonso Rojas Urbano; y OESTE: En línea de 20,00 mts con terrenos que son o fueron ocupados por Ana Emilia Salazar y Ana Suarez.-
-SIENDO ASÍ, ESTE TRIBUNAL OBSERVA:
-Tomando en consideración las declaraciones de las testigos, ciudadanas: EDDY ROSELMY GONZALEZ HERNANDEZ y YESSICA RAQUEL CHANG ALVARADO, quienes son venezolanas, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. 22.200.449 y 18.263.993, respectivamente, ambas de este domicilio, quienes son contestes entre sí en reafirmar que los hechos narrados en la solicitud son ciertos, se aprecian sus testimoniales de conformidad con lo establecido en el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil.
-En consecuencia, ESTE TRIBUNAL ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, especialmente por los Artículos 936 y 937 Ejusdem y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener, APRUEBA la mencionada justificación y DECLARA: TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor de la ciudadana ANA GRISELDA COLMENAREZ ESCALONA, ya anteriormente identificada.-
-Publíquese y regístrese e incluso en la página Web del Tribunal Supremo de Justicia (T.S.J.), y déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
-Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del TRIBUNAL SEXTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, en Barquisimeto, a los veintiocho (28) días del mes de Octubre del año dos mil veinticinco (2025). Años 215° de Independencia y 166° de la Federación.
-Devuélvase las actuaciones a la parte interesada, y tómese nota en el Libro de Solicitudes, llevado por ante este Tribunal.
El Juez,
Abg. Hilarión Riera Ballesteros.
La Secretaria Titular,
Abg. María Eugenia Rincones Yajure.
-Seguidamente se publicó la presente decisión, siendo las 09:00. A.M.
La Secretaria Titular,
Abg. María Eugenia Rincones Yajure.
HRB/ MERY / DC.-