Se inició el presente juicio, mediante libelo de demanda presentado para la distribución correspondiente, en fecha 08 de julio de 2014, por el abogado VICTOR ORTEGA CORONEL, actuando en su carácter de apoderada judicial de la Sociedad Mercantil CORPORACIÓN TZARA C.A., parte actora, contra la Sociedad Mercantil RESTAURANT PIZZERIA LUCKY LUCCIANO´S CAFÉ EXPRESS LA CASTELLANA C.A., el cual luego de la distribución de ley, correspondió su conocimiento a este Juzgado.
Por auto de fecha 09 de julio de 2014, este Tribunal admitió la pretensión, ordenando la citación de la parte demandada, Sociedad Mercantil RESTAURANT PIZZERIA LUCKY LUCCIANO´S CAFÉ EXPRESS LA CASTELLANA C.A., para que a los veinte (20) días de despacho siguiente a la constancia de su citación para que de contestación a la demanda seguida en su contra, vencido el lapso de contestación este Tribunal fijara en los 5 días de despacho siguientes para que tenga lugar la audiencia preliminar.
Mediante nota de secretaría de fecha 29 de julio de 2014, previa consignación de los fotostatos necesarios por la parte actora, se dejó constancia de haberse librado compulsa de citación a la parte demandada.
En fecha 14 de agosto de 2014, el ciudadano Mario Díaz, en su carácter de alguacil adscrito a este Circuito Judicial, consignó compulsa de citación, dirigida a la Sociedad Mercantil Restaurant Pizzería Lucky Lucciano´s Café Express La Castellana C.A., sin firmar por el demandado.
En fecha 08 de octubre de 2014, se dejo sin efecto la petición realizada en fecha 24-09-2014 mediante diligencia, sobre la citación vía correo electrónico y se procede a la citación de la parte demandada por Cartel
En fecha 13 de octubre de 2014, se libro Cartel de Citación a la Sociedad Mercantil Restaurant Pizzería Lucky Lucciano´s Café Express La Castellana C.A
En fecha 19 de noviembre de 2014 se consignó Cartel de Citación publicado en los diarios Ultimas Noticias y el Nacional de fecha 19-11-2014
En fecha 02 de diciembre de 2014, mediante nota de secretaria se dejó constancia de haber fijado Cartel de Citación dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 223 del Código de Procedimiento Civil.
En fecha 13 de enero de 2015, la parte actora solicitó nombrar Defensor Ad-Litem
En esta misma fecha, se ordena y se libra boleta de notificación a defensor ciudadana FRANCIA ALEJANDRA VARGAS SANCHEZ, Inpreabogado N° 134.548, para que comparezca por ante este Tribunal al segundo (02) día de despacho siguiente a que conste en auto su notificación.
En fecha 21 de enero de 2015, compareció la abogada, CARMINE SANTI ENGLIELMO inscrita en el Inpreabogado bajo el número 37.590, en su carácter de apoderada Judicial de la parte demandada, consignando Poder Notariado, constante de 4 folios útiles, asimismo se dio por citado ante la presente causa.
En fecha 06 de abril de 2015, este Tribunal vencido el lapso de contestación fija quinto día de despacho siguiente a las 10:00am con el objeto que tenga lugar la Audiencia Preliminar, en la presente causa.-
En fecha 06 de abril de 2015, la ciudadana VILMA IZARRA ROYERO, en su carácter de alguacil adscrita al Circuito Judicial de los Tribunales de Municipio Ordinarios y Ejecutores de Medida, mediante la cual consigna boleta de notificación sin firmar dirigida a la defensora Al-Item ciudadana FRANCIA VARGAS inscrita en el Inpreabogado N° 13.548.
En fecha 15 de abril de 2015, este Tribunal mediante auto, concede ocho (08) días de despacho siguientes a la constancia en auto a las parte, para promover pruebas que consideren pertinentes, vencido el lapso, este Tribunal decidirá las mismas en el octavo dia siguiente al último de la referida articulación.
En fecha 11 de mayo de 2015, el abogado de la parte actora ciudadano GONZALO CEDEÑO Inpreabogado N°8.567, solicita Notificar a la parte demandada en una nueva dirección.
En fecha 14 de mayo de 2015, este Tribunal ordenó y libro nueva boleta de notificación a la Sociedad Mercantil Restaurant Pizzería Lucky Lucciano´s Café Express La Castellana C.A.-
En fecha 02 de junio de 2015 el ciudadano CARLOS ENRIQUE PERNIA ESPINEL, en su carácter de alguacil adscrito al Circuito Judicial de los Tribunales de Municipio Ordinarios y Ejecutores de Medida, mediante la cual consigna boleta de notificación firmada.
En fecha 03 de junio de 2015, se recibe escrito de promoción de pruebas de cuestiones previa, presentada por la abogada de la parte demandada ciudadana CARMINE SANTI ENGLIELMO
En fecha 14 de julio de 2015, este Tribunal dicta sentencia Interlocutoria y declara improcedente la cuestión previa.
En fecha 21 de julio de 2015, este Juzgado fija audiencia preliminar en el presente juicio.
En fecha 29 de julio de 2015, se admite el pedimento de reconvención solicitado por la Sociedad Mercantil RESTAURANT PIZZERIA LUCKY LUCCISNO´S CAFÉ EXPREDD LA CASTELLANA C.A., y se ordena la notificación de la Sociedad Mercantil CORPORACIÓN TZARA, C.A., para que comparezca al quinto (5to) día de despacho siguiente