Se inició el presente juicio, mediante libelo de demanda presentado para la distribución correspondiente, en fecha 08 de agosto de 2023, por la abogada CONNY AREVALO, en su carácter de apoderada judicial del ciudadano SALVATORE NATOLI RAMACI, el cual luego de la distribución de ley, correspondió su conocimiento al Juzgado Noveno de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Por auto de fecha 13 de agosto de 2023, el Tribunal Noveno admitió la pretensión, ordenando el emplazamiento de la parte demandada, ciudadano JOSE SANABRIA, y el ciudadano EDUARDO DE JESÚS TOVAR GÓMEZ, para que diera contestación a la pretensión incoada en su contra dentro de los veinte (20) días de despacho siguientes a la constancia en autos de su citación.

En fecha 29 de septiembre de 2023, se recibió escrito presentado por la abogada CONNY AREVALO.
En fecha 03 de octubre de 2023, este Tribunal libró exhorto anexo a oficio y compulsa a la U.R.D.D de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.
En fecha 10 de octubre de 2023, se recibió diligencia presentada por la parte demandada, ciudadano JOSE SANABRIA, debidamente asistido por el abogado ANGEL PETRICONE, mediante la cual interpuso RECUSACIÓN.
En fecha 16 de octubre de 2023, el Juez del Tribunal Noveno se INHIBIÓ de la presente causa, ordenando la remisión del presente expediente a la U.R.D.D de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
En fecha 20 de octubre de 2023, el Juez del Tribunal Vigésimo Séptimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, abogado EDINSON MORET MORET, se abocó al conocimiento de la presente causa, todo ello en virtud de la INHIBICION del Juez del Tribunal Noveno.
En fecha de 27 de octubre de 2023, se recibió escrito de cuestiones previas, presentado por el ciudadano JOSE SANABRIA, debidamente asistido por el abogado ANGEL PETRICONE.
En fecha 07 de noviembre de 2023, se recibió oficio Nro. 2023-A-0199, emanado del Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante el cual comunica que se declaró la SIN LUGAR la RECUSACION planteada contra el Dr. JOSE VIANA, y CON LUGAR la inhibición planteada por el mencionado Dr. JOSE VIANA.
En fecha 28 de noviembre de 2023, se recibió escrito de subsanación presentado por la abogada CONNY AREVALO.
En fecha 09 de enero de 2024, compareció el Dr. EDINSON MORET quien presentó acta mediante la cual se INHIBIÓ de seguir conociendo la presente causa, y ordenó remitir el presente asunto a la U.R.D.D de la circunscripción judicial del Área Metropolitana de Caracas.
En fecha 15 de enero de 2024, el abogado CARLOS CASTILLO, Juez del Tribunal Decimo Séptimo de Municipio se abocó al conocimiento de la presente causa.
En fecha 24 de enero de 2024, se recibió diligencia presentada por la abogada CONNY AREVALO, mediante la cual solicitó la notificación de la parte demanda vía telemática.
En fecha 14 de febrero de 2024, este Tribunal libró Boleta de Notificación a la parte demandada.
En fecha 21 de febrero de 2024, este Tribunal dejó constancia mediante nota de secretaria de haber enviado boleta de notificación en formato PDF a la parte demandada.
En fecha 22 de febrero de 2024, se recibió escrito de ratificación presentado por la abogada CONNY AREVALO.
En fecha 12 de agosto de 2024, este Tribunal mediante sentencia interlocutoria declaró con lugar la cuestión previa, por lo que este Juzgado se declaró incompetente para seguir conociendo de la presente demanda.
En fecha 02 de abril de 2025, se recibió escrito presentado por el abogado ANGEL PETRICONE, mediante el cual solicitó la perención de la instancia.