REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CARONÍ DEL SEGUNDO CIRCUITO
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CARONÍ DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO BOLÍVAR
215º y 165º
Jurisdicción Civil
PUERTO ORDAZ, 20 DE ENERO DEL 2026
Transcurrido como ha sido el lapso para que la parte accionante ejerciera el recurso ordinario de apelación contra la sentencia con fuerza definitiva de fecha 07/11/2025 (Folio 08 al 12), que declaro CON LUGAR LA RECTIFICACION DE ACTA DE MATRIMONIO, Presentado en tribunal móvil por la ciudadana LUISA ALMEDIS RAMIREZ DE TORRES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad bajo el Nro V-3.656.561, debidamente asistida por la defensora publica ANGELICA MOLINA, inscrita en el IPSA bajo el Nº 193.333; atendiendo al articulo 298 del Código de Procedimiento Civil, cuyo lapso comenzó a transcurrir al día hábil de despacho siguiente a la publicación de la referida decisión, quedando de esta manera definitivamente firme; en consecuencia, se declara TERMINADA la misma con todo los pronunciamientos de ley, acordándose la expedición de copias certificadas y devolución de originales en caso de requerirse e igualmente el archivo del expediente para que en la oportunidad que corresponda se remita al Archivo Judicial de esta circunscripción judicial. Cúmplase.
LA JUEZA
MAYRA URBANEJA ZABALETA
LA SECRETARIA
OSMELIS LORENA VELASQUEZ GUERRA
EXP. Nº 16.140-25
FN12-V-2025-000119
MUZ/OLVG/Karelys