Dispositiva.
Por todos los razonamientos expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 244 del Código Orgánico Procesal Penal, emite los siguientes pronunciamientos: Primero: Declara sin lugar la solicitud realizada por el Abogado: Abogado Luís Villavicencio, Adscrito al Sistema Autónomo de Defensa Pública Penal del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, en su carácter de Defensor del ciudadano: Franklin José Oliveros García, portador de la cédula de identidad personal N° V-14.102.296,
y en consecuencia se mantiene la Medida Privativa Judicial Preventiva de Libertad al referido acusado; Segundo: Notifíquese a las partes de la presente decisión, y al acusado a través de Oficio dirigido al Director del Internado Judicial de Carabobo. C.....