En este estado, el ciudadano ALEXANDER ANTONIO MONTERO JIMÉNEZ, debidamente asistido manifiesta a la Juez que el antiguo patrono le canceló la suma de Bs.F. 1.200,oo, por concepto de prestaciones sociales, por lo que procede a desistir en el presente acto del procedimiento y de la acción en virtud que la parte demandada nada le adeuda por ningún concepto de los reclamados. Seguidamente, la parte demandada acepta el desistimiento realizado por la parte actora. Ahora bien, esta Juzgadora vista la manifestación de voluntad del actor de desistir del presente procedimiento y de la acción así como la aceptación de la parte demandada procede HOMOLOGAR EL MISMO y otorgarle carácter de cosa juzgada. Se ordena la devolución de las pruebas y se remite al Archivo Judicial.-