Ahora bien, como quiera que en la oportunidad de la contestación de la presente demanda, el representante legal de la empresa demandada compareció personalmente y reconoció de forma expresa el contenido y firma del documento privado de fecha 15 de junio de 2005, que le fue opuesto por el demandante y el cual consiste en la venta pura y simple que la Empresa Mercantil El Bodegón Vegetariano por intermedio de su representante legal, el ciudadano Oscar de Jesús Mateo le da en venta al ciudadano José Gregorio Arrieche Arrieche, un vehiculo propiedad de su representada, con las siguientes características: MARCA: Ford, MODELO: F-350, Banco noruego, TIPO: Furgon-Cachucha, PLACA: 104XBF, SERIAL DE CARROCERIA: AJF3JA20132, SERIAL DEL MOTOR: 6cilindros, AÑO: 1988, la cual adquirió el referido camión de SALDIVIA MOTORS DE BARQUISIMETO, C.A., en consecuencia, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara RECONOCIDO el mencionado documento. ASÍ SE.....