Hoy, 01 DE FEBRERO DE 2011, siendo la oportunidad fijada para dictar sentencia en la presente causa según acta de fecha 24 de Enero de 2011 (folio 256), y vista la comparecencia a la Audiencia Preliminar en igual fecha, por la parte actora ciudadanos INOCENCIO NAZARO MARTÍNEZ LARA, RICHARD JOSÉ ARIAS ARIAS, y JOSÉ ERNESTO MAGALLANES LEAL, titulares de la cédulas de identidad Nros.5.488.165, 14.715.068 y 5.621.616, su apoderado judicial ÁNGEL VILLAVERDE, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro.43.872, y en el cual este despacho dejo constancia DE LA NO COMPARECENCIA A LA AUDIENCIA de la parte demandada CONSTRUCCIONES, INSPECCIONES Y PROYECTOS "CONSINP", C.A., ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 131 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, pasa a dictar el Dispositivo del Fallo, y en consecuencia, es por lo que este Tribunal, declara que una vez revisada la petición de EL DEMANDANTE, y encontrándola que no .....