este Tribunal dejando a salvo los derechos de terceros, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR LA SOLICITUD DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, y en consecuencia, declara conforme a los autos a los ciudadanos: ROSARIO ALVAREZ DE BETHENCOURT, CAYO BETHENCOURT ALVAREZ, ROSA BELEN BETHENCOURT ALVAREZ y LUIS MIGUEL BETHENCOURT ALVAREZ., ya identificados Como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De cujus JUSTO GERMAN BETHENCOURT PÉREZ, quien falleció ab-intestato, el día 24 de Octubre de 2011, según Acta N° 170, emanada de la Oficina de Registro Civil del Municipio Bejuma del Estado Carabobo. Y Así se decide. Expídase copia certificada de la solicitud, del auto de admisión y del presente decreto a los interesados. Devuélvanse las actuaciones a los solicitantes.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado de.....