En razón de todo lo antes expuesto, este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO. EXTENSIÓN PUERTO CABELLO. Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la solicitud de DIVORCIO 185-A, interpuesta por los ciudadanos: BELARMINO JOSE MORILLO MAVAREZ Y ZULMA JOSEFINA RANGEL SUAREZ, venezolanos, mayores de edad, cédulas de identidad Nos. V-8.610.304 y V-11.103.846 de este domicilio, respectivamente, asistidos por el abogado KERWIN EDUARDO PINTO GUARECUCO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 227.280, y de este domicilio. En cuanto a los hijos, manifiestan los solicitantes que procrearon dos hijos durante su unión conyugal los cuales son mayores de edad, tal y como se evidencia en actas de nacimiento, las cuales corren insertas en los folios Nos. 5 al 8, con .....