Por las razones que anteceden, este Tribunal de Ejecución N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, a tenor de lo establecido en el artículo 471 del Código Orgánico Procesal Penal y 112.1 del Código Penal, declara la PRESCRIPCION DE LA PENA, impuesta a la ciudadana BETTY RAMIREZ VALERO, venezolana, natural del Estado Mérida, nacida en fecha 18-01-1971, estado civil; soltera, titular de la cédula de identidad numero V-10.715.847, ocupación u oficio: arquitecto, domiciliada en la Parroquia antigua, carretera la vega de zumba, casa n° 8, Municipio Libertador del estado Mérida, teléfono 04147154223. Cúmplase