Este Tribunal Primero de Control de la Sección de Adolescentes, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda Suspender el Proceso a Prueba, de conformidad con lo previsto en el artículo 566 de la Ley Orgánica Para la protección del Niño y del Adolescente, en la causa seguida al adolescente xxxxxxxx, titular de la cédula de identidad N° xxxxxxxx, de xxxxxx años de edad, fecha de nacimiento xxxxxx, domiciliado xxxxxxxxxxxxxx; por el delito de ROBO EN LA MODALIDAD DE ARREBATÓN, en perjuicio de Rosana Del Valle Gómez Gutiérrez; lo cual procede en virtud de que los hechos imputados no merecen como sanción la privación de libertad, conforme a los artículos 564, 565 y 566 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Se hace del conocimiento de las partes que de no cumplirse con el presente acuerdo la fiscal procederá conforme a la acusación que consta en autos y que de darse cumplimiento en el tiempo pautado el fiscal deberá s.....